Según la Constitución Política en su artículo 168,​ la división territorial de Costa Rica está organizada por ley en tres tipos de entidad subnacional: Para los efectos de la Administración Pública el territorio nacional se divide en provincias, éstas en cantones y los cantones en distritos.

Property Value
dbo:abstract
  • Según la Constitución Política en su artículo 168,​ la división territorial de Costa Rica está organizada por ley en tres tipos de entidad subnacional: Para los efectos de la Administración Pública el territorio nacional se divide en provincias, éstas en cantones y los cantones en distritos. Al 2020 la organización territorial comprende de 7 provincias, 82 cantones y 488 distritos. La División Territorial Administrativa de la República define con fundamento en las leyes, decretos, acuerdos tomados por la Comisión Nacional de la División Administrativa y situaciones de hecho la demarcación de estos territorios. El decreto más actual de la misma corresponde al N°41548-MGP del 28 de enero de 2019. ​ (es)
  • Según la Constitución Política en su artículo 168,​ la división territorial de Costa Rica está organizada por ley en tres tipos de entidad subnacional: Para los efectos de la Administración Pública el territorio nacional se divide en provincias, éstas en cantones y los cantones en distritos. Al 2020 la organización territorial comprende de 7 provincias, 82 cantones y 488 distritos. La División Territorial Administrativa de la República define con fundamento en las leyes, decretos, acuerdos tomados por la Comisión Nacional de la División Administrativa y situaciones de hecho la demarcación de estos territorios. El decreto más actual de la misma corresponde al N°41548-MGP del 28 de enero de 2019. ​ (es)
dbo:wikiPageID
  • 178094 (xsd:integer)
dbo:wikiPageLength
  • 10404 (xsd:integer)
dbo:wikiPageRevisionID
  • 129925557 (xsd:integer)
dct:subject
rdfs:comment
  • Según la Constitución Política en su artículo 168,​ la división territorial de Costa Rica está organizada por ley en tres tipos de entidad subnacional: Para los efectos de la Administración Pública el territorio nacional se divide en provincias, éstas en cantones y los cantones en distritos. (es)
  • Según la Constitución Política en su artículo 168,​ la división territorial de Costa Rica está organizada por ley en tres tipos de entidad subnacional: Para los efectos de la Administración Pública el territorio nacional se divide en provincias, éstas en cantones y los cantones en distritos. (es)
rdfs:label
  • Organización territorial de Costa Rica (es)
  • Organización territorial de Costa Rica (es)
owl:sameAs
prov:wasDerivedFrom
foaf:isPrimaryTopicOf
is dbo:country of
is dbo:type of
is dbo:wikiPageRedirects of
is prop-es:divisiónAdministrativaTipo of
is prop-es:tipoAdm of
is prop-es:tipoDivisiónAdministrativa of
is prop-es:tipoSuperior of
is prop-es:tipoSuperiorX of
is prop-es:unidad of
is owl:sameAs of
is foaf:primaryTopic of