El Reglamento Internacional para Prevenir Abordajes (RIPA), o Convention on the International Regulations for Preventing Collisions at Sea (COLREGs), fue adoptado por la Organización Marítima Internacional (International Maritime Organization, IMO) en 1972, en sustitución de las regulaciones establecidas en 1960. El RIPA fue creado en base de lo ocurrido con el gran transatlántico SS Andrea Doria que colisionó con otro barco hundiéndose en 11 horas cerca de Nueva York, entró en vigor en julio de 1977 y es de aplicación a todos los buques en alta mar y en todas las aguas que tengan comunicación con ella y sean navegables por los buques de navegación marítima. Una de sus innovaciones más importantes es el reconocimiento de los dispositivos o esquemas de separación de tráfico (Regla 10). Índi

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  • El Reglamento Internacional para Prevenir Abordajes (RIPA), o Convention on the International Regulations for Preventing Collisions at Sea (COLREGs), fue adoptado por la Organización Marítima Internacional (International Maritime Organization, IMO) en 1972, en sustitución de las regulaciones establecidas en 1960. El RIPA fue creado en base de lo ocurrido con el gran transatlántico SS Andrea Doria que colisionó con otro barco hundiéndose en 11 horas cerca de Nueva York, entró en vigor en julio de 1977 y es de aplicación a todos los buques en alta mar y en todas las aguas que tengan comunicación con ella y sean navegables por los buques de navegación marítima. Una de sus innovaciones más importantes es el reconocimiento de los dispositivos o esquemas de separación de tráfico (Regla 10). Índice del Reglamento: * Parte A- Generalidades Regla 1. Ámbito de aplicaciónRegla 2. ResponsabilidadRegla 3. Definiciones generales * Parte B- Reglas de rumbo y gobierno- Sección I. Conducta de los buques en cualquier condición de visibilidad Regla 4. Ámbito de aplicaciónRegla 5. VigilanciaRegla 6. Velocidad de seguridadRegla 7. Riesgo de abordajeRegla 8. Maniobras para evitar el abordajeRegla 9. Canales angostosRegla 10. Dispositivos de separación del tráfico - Sección II. Conducta de los buques que se encuentren a la vista uno del otro Regla 11. Ámbito de aplicaciónRegla 12. Buques de velaRegla 13. Buque que alcanzaRegla 14. Situación "de vuelta encontrada"Regla 15. Situación "de cruce"Regla 16. Maniobra del buque que "cede el paso"Regla 17. Maniobra del buque que "sigue a rumbo"Regla 18. Obligaciones entre categorías de buques - Sección III. Conducta de los buques en condiciones de visibilidad reducida Regla 19. Conducta de los buques en condiciones de visibilidad reducida * Parte C- Luces y marcas Regla 20. Ámbito de aplicaciónRegla 21. DefinicionesRegla 22. Visibilidad de las lucesRegla 23. Buques de propulsión mecánica en navegaciónRegla 24. Buques remolcando y empujandoRegla 25. Buques de vela en navegación y embarcaciones de remoRegla 26. Buques de pescaRegla 27. Buques sin gobierno o con capacidad de maniobra restringidaRegla 28. Buques de propulsión mecánica restringidos por su caladoRegla 29. Embarcaciones de prácticoRegla 30. Buques fondeados y buques varadosRegla 31. Hidroaviones * Parte D- Señales acústicas y luminosas Regla 32. DefinicionesRegla 33. Equipo para señales acústicasRegla 34. Señales de maniobra y advertenciaRegla 35. Señales acústicas en visibilidad reducidaRegla 36. Señales para llamar la atenciónRegla 37. Señales de peligro * Parte E- Exenciones Regla 38. Exenciones * Anexo I.- Posición y características técnicas de las luces y marcas * Anexo II.- Señales adicionales para buques de pesca que se encuentren pescando muy cerca unos de otros * Anexo III.- Detalles técnicos de los aparatos de señales acústicas * Anexo IV.- Señales de Peligro (es)
  • El Reglamento Internacional para Prevenir Abordajes (RIPA), o Convention on the International Regulations for Preventing Collisions at Sea (COLREGs), fue adoptado por la Organización Marítima Internacional (International Maritime Organization, IMO) en 1972, en sustitución de las regulaciones establecidas en 1960. El RIPA fue creado en base de lo ocurrido con el gran transatlántico SS Andrea Doria que colisionó con otro barco hundiéndose en 11 horas cerca de Nueva York, entró en vigor en julio de 1977 y es de aplicación a todos los buques en alta mar y en todas las aguas que tengan comunicación con ella y sean navegables por los buques de navegación marítima. Una de sus innovaciones más importantes es el reconocimiento de los dispositivos o esquemas de separación de tráfico (Regla 10). Índice del Reglamento: * Parte A- Generalidades Regla 1. Ámbito de aplicaciónRegla 2. ResponsabilidadRegla 3. Definiciones generales * Parte B- Reglas de rumbo y gobierno- Sección I. Conducta de los buques en cualquier condición de visibilidad Regla 4. Ámbito de aplicaciónRegla 5. VigilanciaRegla 6. Velocidad de seguridadRegla 7. Riesgo de abordajeRegla 8. Maniobras para evitar el abordajeRegla 9. Canales angostosRegla 10. Dispositivos de separación del tráfico - Sección II. Conducta de los buques que se encuentren a la vista uno del otro Regla 11. Ámbito de aplicaciónRegla 12. Buques de velaRegla 13. Buque que alcanzaRegla 14. Situación "de vuelta encontrada"Regla 15. Situación "de cruce"Regla 16. Maniobra del buque que "cede el paso"Regla 17. Maniobra del buque que "sigue a rumbo"Regla 18. Obligaciones entre categorías de buques - Sección III. Conducta de los buques en condiciones de visibilidad reducida Regla 19. Conducta de los buques en condiciones de visibilidad reducida * Parte C- Luces y marcas Regla 20. Ámbito de aplicaciónRegla 21. DefinicionesRegla 22. Visibilidad de las lucesRegla 23. Buques de propulsión mecánica en navegaciónRegla 24. Buques remolcando y empujandoRegla 25. Buques de vela en navegación y embarcaciones de remoRegla 26. Buques de pescaRegla 27. Buques sin gobierno o con capacidad de maniobra restringidaRegla 28. Buques de propulsión mecánica restringidos por su caladoRegla 29. Embarcaciones de prácticoRegla 30. Buques fondeados y buques varadosRegla 31. Hidroaviones * Parte D- Señales acústicas y luminosas Regla 32. DefinicionesRegla 33. Equipo para señales acústicasRegla 34. Señales de maniobra y advertenciaRegla 35. Señales acústicas en visibilidad reducidaRegla 36. Señales para llamar la atenciónRegla 37. Señales de peligro * Parte E- Exenciones Regla 38. Exenciones * Anexo I.- Posición y características técnicas de las luces y marcas * Anexo II.- Señales adicionales para buques de pesca que se encuentren pescando muy cerca unos de otros * Anexo III.- Detalles técnicos de los aparatos de señales acústicas * Anexo IV.- Señales de Peligro (es)
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  • El Reglamento Internacional para Prevenir Abordajes (RIPA), o Convention on the International Regulations for Preventing Collisions at Sea (COLREGs), fue adoptado por la Organización Marítima Internacional (International Maritime Organization, IMO) en 1972, en sustitución de las regulaciones establecidas en 1960. El RIPA fue creado en base de lo ocurrido con el gran transatlántico SS Andrea Doria que colisionó con otro barco hundiéndose en 11 horas cerca de Nueva York, entró en vigor en julio de 1977 y es de aplicación a todos los buques en alta mar y en todas las aguas que tengan comunicación con ella y sean navegables por los buques de navegación marítima. Una de sus innovaciones más importantes es el reconocimiento de los dispositivos o esquemas de separación de tráfico (Regla 10). Índi (es)
  • El Reglamento Internacional para Prevenir Abordajes (RIPA), o Convention on the International Regulations for Preventing Collisions at Sea (COLREGs), fue adoptado por la Organización Marítima Internacional (International Maritime Organization, IMO) en 1972, en sustitución de las regulaciones establecidas en 1960. El RIPA fue creado en base de lo ocurrido con el gran transatlántico SS Andrea Doria que colisionó con otro barco hundiéndose en 11 horas cerca de Nueva York, entró en vigor en julio de 1977 y es de aplicación a todos los buques en alta mar y en todas las aguas que tengan comunicación con ella y sean navegables por los buques de navegación marítima. Una de sus innovaciones más importantes es el reconocimiento de los dispositivos o esquemas de separación de tráfico (Regla 10). Índi (es)
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