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- El Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, es un tratado internacional cuya principal finalidad es promover la prevención de la tortura y los malos tratos en los lugares de encierro, a través de un sistema de visitas periódicas a cargo de órganos internacionales y nacionales independientes. El tratado fue aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en diciembre de 2002 y entró en vigor en junio de 2006. Crea un órgano de tratado denominado Subcomité de las Naciones Unidas para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (el SPT). A la vez, cada estado parte se obliga a establecer uno o más mecanismos nacionales de prevención de la tortura (MNP), a cargo de los cuales se encuentra la tarea de efectuar visitas periódicas a todo tipo de establecimientos en los cuales se encuentren o puedan encontrarse . El tratado promueve un mecanismo de cooperación entre el SPT, los MNP y las autoridades de los países miembro, a través de las visitas independientes, las recomendaciones y el diálogo con los funcionarios responsables. Este protocolo facultativo se diferencia de otros porque no establece normas, sino que introduce un mecanismo operativo. Tampoco establece un sistema para presentar y gestionar quejas individuales, sino que apunta a las causas de sucesos o situaciones generalizadas. No obliga a los Estados Partes a presentar informes periódicos, sino que los exhorta a prestar atención a las recomendaciones de los expertos nacionales e internacionales y adoptar reformas para su implementación. (es)
- El Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, es un tratado internacional cuya principal finalidad es promover la prevención de la tortura y los malos tratos en los lugares de encierro, a través de un sistema de visitas periódicas a cargo de órganos internacionales y nacionales independientes. El tratado fue aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en diciembre de 2002 y entró en vigor en junio de 2006. Crea un órgano de tratado denominado Subcomité de las Naciones Unidas para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (el SPT). A la vez, cada estado parte se obliga a establecer uno o más mecanismos nacionales de prevención de la tortura (MNP), a cargo de los cuales se encuentra la tarea de efectuar visitas periódicas a todo tipo de establecimientos en los cuales se encuentren o puedan encontrarse . El tratado promueve un mecanismo de cooperación entre el SPT, los MNP y las autoridades de los países miembro, a través de las visitas independientes, las recomendaciones y el diálogo con los funcionarios responsables. Este protocolo facultativo se diferencia de otros porque no establece normas, sino que introduce un mecanismo operativo. Tampoco establece un sistema para presentar y gestionar quejas individuales, sino que apunta a las causas de sucesos o situaciones generalizadas. No obliga a los Estados Partes a presentar informes periódicos, sino que los exhorta a prestar atención a las recomendaciones de los expertos nacionales e internacionales y adoptar reformas para su implementación. (es)
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- El Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, es un tratado internacional cuya principal finalidad es promover la prevención de la tortura y los malos tratos en los lugares de encierro, a través de un sistema de visitas periódicas a cargo de órganos internacionales y nacionales independientes. El tratado promueve un mecanismo de cooperación entre el SPT, los MNP y las autoridades de los países miembro, a través de las visitas independientes, las recomendaciones y el diálogo con los funcionarios responsables. (es)
- El Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, es un tratado internacional cuya principal finalidad es promover la prevención de la tortura y los malos tratos en los lugares de encierro, a través de un sistema de visitas periódicas a cargo de órganos internacionales y nacionales independientes. El tratado promueve un mecanismo de cooperación entre el SPT, los MNP y las autoridades de los países miembro, a través de las visitas independientes, las recomendaciones y el diálogo con los funcionarios responsables. (es)
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