La Unión Europea, como comunidad de Derecho con personalidad jurídica internacional, posee un sistema propio de producción normativa, autónomo y diferenciado de la mecánica legislativa interna de sus Estados miembros. El conjunto de previsiones y técnicas ordenadas a la elaboración y modificación de estas normas con rango de ley, así como los que regulan o precisan los medios de participación de las Instituciones de la Unión en las mismas, conforman un complejo sistema procedimental de adopción de decisiones que, en razón de su finalidad legisladora, se conoce con el nombre de procedimiento legislativo. En función de la regular participación en el mismo de las instituciones involucradas, y de acuerdo con la terminología de los Tratados, el procedimiento legislativo puede ser ordinario (PLo

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  • La Unión Europea, como comunidad de Derecho con personalidad jurídica internacional, posee un sistema propio de producción normativa, autónomo y diferenciado de la mecánica legislativa interna de sus Estados miembros. El conjunto de previsiones y técnicas ordenadas a la elaboración y modificación de estas normas con rango de ley, así como los que regulan o precisan los medios de participación de las Instituciones de la Unión en las mismas, conforman un complejo sistema procedimental de adopción de decisiones que, en razón de su finalidad legisladora, se conoce con el nombre de procedimiento legislativo. En función de la regular participación en el mismo de las instituciones involucradas, y de acuerdo con la terminología de los Tratados, el procedimiento legislativo puede ser ordinario (PLo) o especial (PLe). Las normas legales emanadas de estos procedimientos, o leyes europeas, complementadas por las disposiciones ejecutivas o reglamentarias adoptadas por los órganos administrativos comunitarios competentes, más el Derecho originario contenido en los Tratados (el de la Unión Europea, TUE, y el de Funcionamiento de la Unión, TFUE, principalmente), conforman globalmente el Derecho de la Unión o Derecho comunitario. (es)
  • La Unión Europea, como comunidad de Derecho con personalidad jurídica internacional, posee un sistema propio de producción normativa, autónomo y diferenciado de la mecánica legislativa interna de sus Estados miembros. El conjunto de previsiones y técnicas ordenadas a la elaboración y modificación de estas normas con rango de ley, así como los que regulan o precisan los medios de participación de las Instituciones de la Unión en las mismas, conforman un complejo sistema procedimental de adopción de decisiones que, en razón de su finalidad legisladora, se conoce con el nombre de procedimiento legislativo. En función de la regular participación en el mismo de las instituciones involucradas, y de acuerdo con la terminología de los Tratados, el procedimiento legislativo puede ser ordinario (PLo) o especial (PLe). Las normas legales emanadas de estos procedimientos, o leyes europeas, complementadas por las disposiciones ejecutivas o reglamentarias adoptadas por los órganos administrativos comunitarios competentes, más el Derecho originario contenido en los Tratados (el de la Unión Europea, TUE, y el de Funcionamiento de la Unión, TFUE, principalmente), conforman globalmente el Derecho de la Unión o Derecho comunitario. (es)
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  • La Unión Europea, como comunidad de Derecho con personalidad jurídica internacional, posee un sistema propio de producción normativa, autónomo y diferenciado de la mecánica legislativa interna de sus Estados miembros. El conjunto de previsiones y técnicas ordenadas a la elaboración y modificación de estas normas con rango de ley, así como los que regulan o precisan los medios de participación de las Instituciones de la Unión en las mismas, conforman un complejo sistema procedimental de adopción de decisiones que, en razón de su finalidad legisladora, se conoce con el nombre de procedimiento legislativo. En función de la regular participación en el mismo de las instituciones involucradas, y de acuerdo con la terminología de los Tratados, el procedimiento legislativo puede ser ordinario (PLo (es)
  • La Unión Europea, como comunidad de Derecho con personalidad jurídica internacional, posee un sistema propio de producción normativa, autónomo y diferenciado de la mecánica legislativa interna de sus Estados miembros. El conjunto de previsiones y técnicas ordenadas a la elaboración y modificación de estas normas con rango de ley, así como los que regulan o precisan los medios de participación de las Instituciones de la Unión en las mismas, conforman un complejo sistema procedimental de adopción de decisiones que, en razón de su finalidad legisladora, se conoce con el nombre de procedimiento legislativo. En función de la regular participación en el mismo de las instituciones involucradas, y de acuerdo con la terminología de los Tratados, el procedimiento legislativo puede ser ordinario (PLo (es)
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  • Procedimiento legislativo en la Unión Europea (es)
  • Procedimiento legislativo en la Unión Europea (es)
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