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- Se denominan Organismos Públicos de Investigación (OPI) de España aquellas instituciones creadas por la Administración General del Estado para la ejecución directa de actividades de investigación científica y técnica y actividades de prestación de servicios tecnológicos. Fueron creados de acuerdo con la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (BOE núm. 131, de 2 de junio de 2011). (es)
- Se denominan Organismos Públicos de Investigación (OPI) de España aquellas instituciones creadas por la Administración General del Estado para la ejecución directa de actividades de investigación científica y técnica y actividades de prestación de servicios tecnológicos. Fueron creados de acuerdo con la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (BOE núm. 131, de 2 de junio de 2011). (es)
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- Se denominan Organismos Públicos de Investigación (OPI) de España aquellas instituciones creadas por la Administración General del Estado para la ejecución directa de actividades de investigación científica y técnica y actividades de prestación de servicios tecnológicos. Fueron creados de acuerdo con la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (BOE núm. 131, de 2 de junio de 2011). (es)
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- Organismos Públicos de Investigación (es)
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