dbo:abstract
|
- El organismo autónomo es un tipo de organismo público vinculado a la Administración General del Estado de España, que goza de personalidad jurídica propia y autonomía de gestión,rigiéndose, en todo caso, por Derecho administrativo.Los Organismos autónomos dependen de un Ministerio, que se encargará de su dirección estratégica, así como de la evaluación y el control de los resultados de su actividad. (es)
- El organismo autónomo es un tipo de organismo público vinculado a la Administración General del Estado de España, que goza de personalidad jurídica propia y autonomía de gestión,rigiéndose, en todo caso, por Derecho administrativo.Los Organismos autónomos dependen de un Ministerio, que se encargará de su dirección estratégica, así como de la evaluación y el control de los resultados de su actividad. (es)
|
rdfs:comment
|
- El organismo autónomo es un tipo de organismo público vinculado a la Administración General del Estado de España, que goza de personalidad jurídica propia y autonomía de gestión,rigiéndose, en todo caso, por Derecho administrativo.Los Organismos autónomos dependen de un Ministerio, que se encargará de su dirección estratégica, así como de la evaluación y el control de los resultados de su actividad. (es)
- El organismo autónomo es un tipo de organismo público vinculado a la Administración General del Estado de España, que goza de personalidad jurídica propia y autonomía de gestión,rigiéndose, en todo caso, por Derecho administrativo.Los Organismos autónomos dependen de un Ministerio, que se encargará de su dirección estratégica, así como de la evaluación y el control de los resultados de su actividad. (es)
|