En el sistema educativo español existen las siguientes especialidades de magisterio, de acuerdo con la LOGSE: * Magisterio en Educación Infantil: son los maestros tutores que atienden a niños entre 0 y 6 años, esta etapa educativa no es obligatoria, pero al ser gratuita de 3 a 6 años, cada vez en España más niños y niñas la realizan. Los maestros de Infantil ayudan a la mejora en el desarrollo psicomotriz, cognitivo y social de sus alumnos. * Magisterio en Educación Primaria: son los maestros tutores de los niños entre 6 y 12 años. En 2007 se convocaron las oposiciones propias de esta especialidad en algunas Comunidades Autónomas de España tras numerosos años sin convocarlas. En años anteriores los maestros de primaria se veían obligados a presentarse por otra especialidad cualquiera de

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  • En el sistema educativo español existen las siguientes especialidades de magisterio, de acuerdo con la LOGSE: * Magisterio en Educación Infantil: son los maestros tutores que atienden a niños entre 0 y 6 años, esta etapa educativa no es obligatoria, pero al ser gratuita de 3 a 6 años, cada vez en España más niños y niñas la realizan. Los maestros de Infantil ayudan a la mejora en el desarrollo psicomotriz, cognitivo y social de sus alumnos. * Magisterio en Educación Primaria: son los maestros tutores de los niños entre 6 y 12 años. En 2007 se convocaron las oposiciones propias de esta especialidad en algunas Comunidades Autónomas de España tras numerosos años sin convocarlas. En años anteriores los maestros de primaria se veían obligados a presentarse por otra especialidad cualquiera de magisterio para dar clase en los centros públicos. * Magisterio en Educación Musical: son los maestros especialistas que imparten la asignatura de Música a niños en etapa de Educación Primaria Obligatoria * Magisterio en Educación Física: son los maestros especialistas que imparten la asignatura de Educación Física a niños en etapa de Educación Primaria * Magisterio en Educación Especial, también llamados maestros en Magisterio en Pedagogía Terapéutica: son los maestros especialistas que o bien son maestros tutores de los niños escolarizados en Educación Básica Obligatoria o son maestros de apoyo en colegios e institutos, encargándose de reforzar los aprendizajes de los niños y adolescentes escolarizados en la modalidad de integración en Primaria y Secundaria. Es necesario resaltar que la duración de la Educación Básica Obligatoria difiere de la duración de la Educación Primaria Obligatoria, pudiendo estar el alumno escolarizado en un centro de Educación Especial desde los 3 hasta los 20 años, por tanto los maestros en Pedagogía Terapéutica en numerosas ocasiones son los encargados de impartir docencia a alumnos con Necesidades Educativas Especiales que estarían en edad de ser atendidos por maestros de Educación Infantil o profesores de Educación Secundaria Obligatoria. * Magisterio en Audición y Lenguaje: son los maestros especialistas que o bien son maestros tutores de los niños escolarizados en centros de integración preferente de sordos o son maestros de apoyo en colegios ordinarios, de integración o de educación especial, encargándose de estimular la adquisición del lenguaje oral de los niños escolarizados en Educación Primaria o Educación Básica Obligatoria, respectivamente. En este último caso les sería también de aplicación lo dispuesto en el párrafo anterior sobre las edades del alumnado al que atienden. * Magisterio en Lengua Extranjera: son los maestros especialistas que o bien son maestros tutores de los niños de Educación Primaria Obligatoria escolarizados en centros bilingües o imparten la asignatura correspondiente a su especialidad (generalmente Inglés o Francés) en colegios no bilingües. Con la nueva adaptación de carreras universitarias al Plan Bolonia, estas diplomaturas se sustituyen por dos Grados de cuatro años: * El Grado de Maestro/a en Educación Primaria. la LOE regula este grado: El Título de Grado en Educación Primaria cuenta con una detallada regulación legal. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, en su artículo 93, conforma la profesión de Maestro en Educación Primaria como profesión regulada, cuyo ejercicio requiere estar en posesión del correspondiente Título oficial de Grado. Dicho artículo establece, además, que “la Educación Primaria será impartida por maestros que tendrán competencia en todas las áreas de este nivel” y que “la enseñanza de la educación musical, de la educación física, de los idiomas extranjeros o de aquellas otras enseñanzas que determine el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, serán impartidas por maestros con la especialización o cualificación correspondiente”. En el último año de carrera o durante ella se cursan algunas asignaturas optativas ofertadas por las universidades que cualifican al estudiante en alguna especialidad para dar clase de ella.Las mayormente expuestas son: * Educación Física * Lengua Extranjera * Educación Musical * Educación Especial * El Grado de Maestro en Educación Infantil. La LOE regula este grado: El Título de Grado que se presenta en esta Memoria es conforme a las normas reguladoras del ejercicio de la profesión de Maestro en Educación Infantil de acuerdo con la Resolución de 17 de diciembre de 2007, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 14 de diciembre de 2007 (BOE número 305, de 21 de diciembre, Anexo II, punto 3), por el que se establecen las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudios conducentes a la obtención de Títulos que habiliten para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro en Educación Infantil. En las comunidades autónomas españolas con lengua oficial propia (Galicia, Cataluña, Islas Baleares, Comunidad Valenciana, País Vasco y alguna zonas de Navarra), las facultades de educación exigen a los estudiantes la superación de un mínimo de 90 horas de formación sobre la lengua vernácula correspondiente, lo que les habilita para ejercer el magisterio en escuelas públicas de esos territorios. Asimismo también es obligada por parte de las facultades la oferta de una serie de asignaturas optativas y de libre elección sobre literatura, historia o geografía del territorio. Los maestros graduados por otras comunidades autónomas deben acreditar el conocimiento de la lengua propia de la comunidad a través de un examen si pretenden presentarse en el territorio. Asimismo para impartir clase de religión tanto en Primaria como en Secundaria es necesaria una especialización consistente en cursar una serie de asignaturas optativas y de libre elección relacionadas con la teología de la confesión correspondiente. Tras aprobarlas el estudiante obtiene en el caso de la religión católica el Certificado de Idoneidad. En España existen maestros especialistas en religión católica, islámica, evangélica y hebrea. El currículo de esta asignatura lo dicta la jerarquía de cada confesión, si bien es examinado y aprobado por el Ministerio de Educación. Los maestros de Educación Religiosa no disfrutan del mismo estatus que el resto de los docentes de Primaria y este suele variar función del color político del gobierno de cada Comunidad Autónoma. En el mejor de los casos son considerados contratados laborales de la Administración correspondiente, pero en ningún caso son funcionarios. Sus contratos se renuevan discrecionalmente cada curso por las autoridades religiosas del territorio aunque su sueldo lo paga la Consejería de Educación correspondiente. (es)
  • En el sistema educativo español existen las siguientes especialidades de magisterio, de acuerdo con la LOGSE: * Magisterio en Educación Infantil: son los maestros tutores que atienden a niños entre 0 y 6 años, esta etapa educativa no es obligatoria, pero al ser gratuita de 3 a 6 años, cada vez en España más niños y niñas la realizan. Los maestros de Infantil ayudan a la mejora en el desarrollo psicomotriz, cognitivo y social de sus alumnos. * Magisterio en Educación Primaria: son los maestros tutores de los niños entre 6 y 12 años. En 2007 se convocaron las oposiciones propias de esta especialidad en algunas Comunidades Autónomas de España tras numerosos años sin convocarlas. En años anteriores los maestros de primaria se veían obligados a presentarse por otra especialidad cualquiera de magisterio para dar clase en los centros públicos. * Magisterio en Educación Musical: son los maestros especialistas que imparten la asignatura de Música a niños en etapa de Educación Primaria Obligatoria * Magisterio en Educación Física: son los maestros especialistas que imparten la asignatura de Educación Física a niños en etapa de Educación Primaria * Magisterio en Educación Especial, también llamados maestros en Magisterio en Pedagogía Terapéutica: son los maestros especialistas que o bien son maestros tutores de los niños escolarizados en Educación Básica Obligatoria o son maestros de apoyo en colegios e institutos, encargándose de reforzar los aprendizajes de los niños y adolescentes escolarizados en la modalidad de integración en Primaria y Secundaria. Es necesario resaltar que la duración de la Educación Básica Obligatoria difiere de la duración de la Educación Primaria Obligatoria, pudiendo estar el alumno escolarizado en un centro de Educación Especial desde los 3 hasta los 20 años, por tanto los maestros en Pedagogía Terapéutica en numerosas ocasiones son los encargados de impartir docencia a alumnos con Necesidades Educativas Especiales que estarían en edad de ser atendidos por maestros de Educación Infantil o profesores de Educación Secundaria Obligatoria. * Magisterio en Audición y Lenguaje: son los maestros especialistas que o bien son maestros tutores de los niños escolarizados en centros de integración preferente de sordos o son maestros de apoyo en colegios ordinarios, de integración o de educación especial, encargándose de estimular la adquisición del lenguaje oral de los niños escolarizados en Educación Primaria o Educación Básica Obligatoria, respectivamente. En este último caso les sería también de aplicación lo dispuesto en el párrafo anterior sobre las edades del alumnado al que atienden. * Magisterio en Lengua Extranjera: son los maestros especialistas que o bien son maestros tutores de los niños de Educación Primaria Obligatoria escolarizados en centros bilingües o imparten la asignatura correspondiente a su especialidad (generalmente Inglés o Francés) en colegios no bilingües. Con la nueva adaptación de carreras universitarias al Plan Bolonia, estas diplomaturas se sustituyen por dos Grados de cuatro años: * El Grado de Maestro/a en Educación Primaria. la LOE regula este grado: El Título de Grado en Educación Primaria cuenta con una detallada regulación legal. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, en su artículo 93, conforma la profesión de Maestro en Educación Primaria como profesión regulada, cuyo ejercicio requiere estar en posesión del correspondiente Título oficial de Grado. Dicho artículo establece, además, que “la Educación Primaria será impartida por maestros que tendrán competencia en todas las áreas de este nivel” y que “la enseñanza de la educación musical, de la educación física, de los idiomas extranjeros o de aquellas otras enseñanzas que determine el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, serán impartidas por maestros con la especialización o cualificación correspondiente”. En el último año de carrera o durante ella se cursan algunas asignaturas optativas ofertadas por las universidades que cualifican al estudiante en alguna especialidad para dar clase de ella.Las mayormente expuestas son: * Educación Física * Lengua Extranjera * Educación Musical * Educación Especial * El Grado de Maestro en Educación Infantil. La LOE regula este grado: El Título de Grado que se presenta en esta Memoria es conforme a las normas reguladoras del ejercicio de la profesión de Maestro en Educación Infantil de acuerdo con la Resolución de 17 de diciembre de 2007, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 14 de diciembre de 2007 (BOE número 305, de 21 de diciembre, Anexo II, punto 3), por el que se establecen las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudios conducentes a la obtención de Títulos que habiliten para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro en Educación Infantil. En las comunidades autónomas españolas con lengua oficial propia (Galicia, Cataluña, Islas Baleares, Comunidad Valenciana, País Vasco y alguna zonas de Navarra), las facultades de educación exigen a los estudiantes la superación de un mínimo de 90 horas de formación sobre la lengua vernácula correspondiente, lo que les habilita para ejercer el magisterio en escuelas públicas de esos territorios. Asimismo también es obligada por parte de las facultades la oferta de una serie de asignaturas optativas y de libre elección sobre literatura, historia o geografía del territorio. Los maestros graduados por otras comunidades autónomas deben acreditar el conocimiento de la lengua propia de la comunidad a través de un examen si pretenden presentarse en el territorio. Asimismo para impartir clase de religión tanto en Primaria como en Secundaria es necesaria una especialización consistente en cursar una serie de asignaturas optativas y de libre elección relacionadas con la teología de la confesión correspondiente. Tras aprobarlas el estudiante obtiene en el caso de la religión católica el Certificado de Idoneidad. En España existen maestros especialistas en religión católica, islámica, evangélica y hebrea. El currículo de esta asignatura lo dicta la jerarquía de cada confesión, si bien es examinado y aprobado por el Ministerio de Educación. Los maestros de Educación Religiosa no disfrutan del mismo estatus que el resto de los docentes de Primaria y este suele variar función del color político del gobierno de cada Comunidad Autónoma. En el mejor de los casos son considerados contratados laborales de la Administración correspondiente, pero en ningún caso son funcionarios. Sus contratos se renuevan discrecionalmente cada curso por las autoridades religiosas del territorio aunque su sueldo lo paga la Consejería de Educación correspondiente. (es)
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  • En el sistema educativo español existen las siguientes especialidades de magisterio, de acuerdo con la LOGSE: * Magisterio en Educación Infantil: son los maestros tutores que atienden a niños entre 0 y 6 años, esta etapa educativa no es obligatoria, pero al ser gratuita de 3 a 6 años, cada vez en España más niños y niñas la realizan. Los maestros de Infantil ayudan a la mejora en el desarrollo psicomotriz, cognitivo y social de sus alumnos. * Magisterio en Educación Primaria: son los maestros tutores de los niños entre 6 y 12 años. En 2007 se convocaron las oposiciones propias de esta especialidad en algunas Comunidades Autónomas de España tras numerosos años sin convocarlas. En años anteriores los maestros de primaria se veían obligados a presentarse por otra especialidad cualquiera de (es)
  • En el sistema educativo español existen las siguientes especialidades de magisterio, de acuerdo con la LOGSE: * Magisterio en Educación Infantil: son los maestros tutores que atienden a niños entre 0 y 6 años, esta etapa educativa no es obligatoria, pero al ser gratuita de 3 a 6 años, cada vez en España más niños y niñas la realizan. Los maestros de Infantil ayudan a la mejora en el desarrollo psicomotriz, cognitivo y social de sus alumnos. * Magisterio en Educación Primaria: son los maestros tutores de los niños entre 6 y 12 años. En 2007 se convocaron las oposiciones propias de esta especialidad en algunas Comunidades Autónomas de España tras numerosos años sin convocarlas. En años anteriores los maestros de primaria se veían obligados a presentarse por otra especialidad cualquiera de (es)
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  • Magisterio en España (es)
  • Magisterio en España (es)
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