El Ius Honorarium es el fundado en la República de Roma.Se puede definir como la facultad con la que disponía el pretor para promulgar un edicto pretorio. El edicto pretorio viene a reformar al derecho civil ya existente en Roma; corroborándolo, supliendolo o corrigiéndolo. El fin del Ius Honorarium se da en la época post-clásica, mediante su revocación definitiva en el Edicto Perpetuo, redactado por Salvio Juliano y promulgado por el emperador Adriano en el año 129 d. C.

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  • El Ius Honorarium es el fundado en la República de Roma.Se puede definir como la facultad con la que disponía el pretor para promulgar un edicto pretorio. El edicto pretorio viene a reformar al derecho civil ya existente en Roma; corroborándolo, supliendolo o corrigiéndolo. El fin del Ius Honorarium se da en la época post-clásica, mediante su revocación definitiva en el Edicto Perpetuo, redactado por Salvio Juliano y promulgado por el emperador Adriano en el año 129 d. C. (es)
  • El Ius Honorarium es el fundado en la República de Roma.Se puede definir como la facultad con la que disponía el pretor para promulgar un edicto pretorio. El edicto pretorio viene a reformar al derecho civil ya existente en Roma; corroborándolo, supliendolo o corrigiéndolo. El fin del Ius Honorarium se da en la época post-clásica, mediante su revocación definitiva en el Edicto Perpetuo, redactado por Salvio Juliano y promulgado por el emperador Adriano en el año 129 d. C. (es)
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  • El Ius Honorarium es el fundado en la República de Roma.Se puede definir como la facultad con la que disponía el pretor para promulgar un edicto pretorio. El edicto pretorio viene a reformar al derecho civil ya existente en Roma; corroborándolo, supliendolo o corrigiéndolo. El fin del Ius Honorarium se da en la época post-clásica, mediante su revocación definitiva en el Edicto Perpetuo, redactado por Salvio Juliano y promulgado por el emperador Adriano en el año 129 d. C. (es)
  • El Ius Honorarium es el fundado en la República de Roma.Se puede definir como la facultad con la que disponía el pretor para promulgar un edicto pretorio. El edicto pretorio viene a reformar al derecho civil ya existente en Roma; corroborándolo, supliendolo o corrigiéndolo. El fin del Ius Honorarium se da en la época post-clásica, mediante su revocación definitiva en el Edicto Perpetuo, redactado por Salvio Juliano y promulgado por el emperador Adriano en el año 129 d. C. (es)
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  • Ius honorarium (es)
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