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- La definición que el CEN (Comité Europeo de Normalización) establece para el término guía de turismo en la Norma Europea EN 1809 sobre Servicios turísticos. Agencias de viaje y turoperadores. Terminología, es: Persona que guía a los visitantes en el idioma de su elección e interpreta el patrimonio cultural y natural de una zona, que normalmente posee una titulación específica sobre una zona, por lo general emitido o reconocido por las autoridades competentes. La Comisión Europea ha podido constatar que los problemas de libre circulación que han tratado se deben muy a menudo a la confusión de dos profesiones diferentes, aunque complementarias: la de guía de turismo y la de acompañante. CEN también define la figura del acompañante y del director de tour o jefe de grupo o correo de turismo, como:
* Acompañante: Representante de un turoperador que proporciona asistencia básica a los viajeros.
* Director de tur o jefe de grupo o correo de turismo: Persona que gestiona y supervisa el itinerario en representación del turoperador, asegurándose de que el programa se desarrolla tal y como está descrito en el contrato del turoperador y vendido al viajero o consumidor, y que además proporciona información práctica del lugar. En España: 1.
* Todos los decretos reguladores de la actividad, recogen el término Guía de Turismo y se elimina el anterior de Guía Intérprete o Guía Intérprete de Turismo. 2.
* CEFAPIT (Confederación Española de Federaciones y Asociaciones Profesionales de Guías de Turismo) aglutina a la mayoría de los Guías de Turismo de España a través de las APITs (Asociaciones Profesionales de Guías de Turismo) presentes en casi todas las provincias españolas y es la voz en España y Europa de los Guías de turismo debidamente cualificados y habilitados para desarrollar la actividad dentro de su ámbito específico de actuación. 3.
* CEFAPIT es consciente de la confusión y mal uso de términos, como por ejemplo: Guía local, Guía oficial y Guía acompañante, términos muy extendidos pero que solo traen confusión y malas interpretaciones. Por tanto, recomienda que se use únicamente el término Guía de Turismo aprobado en la versión oficial, en español, de la Norma Europea EN 13809, aceptado y ratificado por FEG (Federación Europea de Guías de Turismo) y la WFTGA (Federación Mundial de Asociaciones de Guías de Turismo). En Argentina, es un oficio derivado de una carrera terciaria de tres años de duración. (es)
- La definición que el CEN (Comité Europeo de Normalización) establece para el término guía de turismo en la Norma Europea EN 1809 sobre Servicios turísticos. Agencias de viaje y turoperadores. Terminología, es: Persona que guía a los visitantes en el idioma de su elección e interpreta el patrimonio cultural y natural de una zona, que normalmente posee una titulación específica sobre una zona, por lo general emitido o reconocido por las autoridades competentes. La Comisión Europea ha podido constatar que los problemas de libre circulación que han tratado se deben muy a menudo a la confusión de dos profesiones diferentes, aunque complementarias: la de guía de turismo y la de acompañante. CEN también define la figura del acompañante y del director de tour o jefe de grupo o correo de turismo, como:
* Acompañante: Representante de un turoperador que proporciona asistencia básica a los viajeros.
* Director de tur o jefe de grupo o correo de turismo: Persona que gestiona y supervisa el itinerario en representación del turoperador, asegurándose de que el programa se desarrolla tal y como está descrito en el contrato del turoperador y vendido al viajero o consumidor, y que además proporciona información práctica del lugar. En España: 1.
* Todos los decretos reguladores de la actividad, recogen el término Guía de Turismo y se elimina el anterior de Guía Intérprete o Guía Intérprete de Turismo. 2.
* CEFAPIT (Confederación Española de Federaciones y Asociaciones Profesionales de Guías de Turismo) aglutina a la mayoría de los Guías de Turismo de España a través de las APITs (Asociaciones Profesionales de Guías de Turismo) presentes en casi todas las provincias españolas y es la voz en España y Europa de los Guías de turismo debidamente cualificados y habilitados para desarrollar la actividad dentro de su ámbito específico de actuación. 3.
* CEFAPIT es consciente de la confusión y mal uso de términos, como por ejemplo: Guía local, Guía oficial y Guía acompañante, términos muy extendidos pero que solo traen confusión y malas interpretaciones. Por tanto, recomienda que se use únicamente el término Guía de Turismo aprobado en la versión oficial, en español, de la Norma Europea EN 13809, aceptado y ratificado por FEG (Federación Europea de Guías de Turismo) y la WFTGA (Federación Mundial de Asociaciones de Guías de Turismo). En Argentina, es un oficio derivado de una carrera terciaria de tres años de duración. (es)
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- La definición que el CEN (Comité Europeo de Normalización) establece para el término guía de turismo en la Norma Europea EN 1809 sobre Servicios turísticos. Agencias de viaje y turoperadores. Terminología, es: Persona que guía a los visitantes en el idioma de su elección e interpreta el patrimonio cultural y natural de una zona, que normalmente posee una titulación específica sobre una zona, por lo general emitido o reconocido por las autoridades competentes. CEN también define la figura del acompañante y del director de tour o jefe de grupo o correo de turismo, como: En España: (es)
- La definición que el CEN (Comité Europeo de Normalización) establece para el término guía de turismo en la Norma Europea EN 1809 sobre Servicios turísticos. Agencias de viaje y turoperadores. Terminología, es: Persona que guía a los visitantes en el idioma de su elección e interpreta el patrimonio cultural y natural de una zona, que normalmente posee una titulación específica sobre una zona, por lo general emitido o reconocido por las autoridades competentes. CEN también define la figura del acompañante y del director de tour o jefe de grupo o correo de turismo, como: En España: (es)
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