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- El Defensor del Pueblo es un órgano de relevancia constitucional español que deriva de la figura sueca Ombudsman (comisionado o representante) y encargada de velar por el respeto de los derechos que el Título I (aunque en la práctica se extiende a todos los derechos constitucionales) de la Constitución de 1978 otorga al ciudadano, pudiendo inclusive para ello supervisar la actividad de la Administración. La Constitución de 1978 dice en su artículo 54: «Una Ley orgánica regulará la institución del Defensor del Pueblo, como alto comisionado de las Cortes Generales, designado por éstas para la defensa de los derechos comprendidos en este Título, a cuyo efecto podrá supervisar la actividad de la Administración, dando cuenta a las Cortes Generales». Regulado por la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, su artículo 1 lo define como «el alto comisionado de las Cortes Generales designado por éstas para la defensa de los derechos comprendidos en el Título I de la Constitución, a cuyo efecto podrá supervisar la actividad de la Administración, dando cuenta a las Cortes Generales. Ejercerá las funciones que le encomienda la Constitución y la presente Ley». Por tanto puede supervisar la actividad de la Administración General del Estado, Administraciones de las Comunidades Autónomas y Administraciones Locales, incluyendo la propia actividad de los ministros. Además de poder supervisar la actuación de las empresas públicas y de los agentes o colaboradores de las Administraciones, cuando realizan fines o servicios públicos. El viernes 29 de junio de 2012 se anunció el acuerdo del Partido Popular y del PSOE por el que proponían a Soledad Becerril, antigua diputada del PP, como Defensora del Pueblo, y a Francisco Fernández Marugán, antiguo diputado del PSOE, como Adjunto Primero a la Defensora del Pueblo; Concepció Ferrer i Casals fue propuesta por CiU como Adjunta Segunda. El 24 de julio, la Comisión Mixta para las Relaciones con el Defensor del Pueblo se reunió en el Congreso de los Diputados para examinar y votar la propuesta de previa conformidad formulada por la Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, para el nombramiento de Francisco Fernández Marugán y Concepció Ferrer i Casals. El 26 de julio tuvieron lugar las tomas de posesión de los tres cargos. El 21 de julio de 2017 asumió el cargo de manera interina Francisco Fernández Marugán, tras la dimisión de Soledad Becerril al cumplir cinco años en la defensoría. (es)
- El Defensor del Pueblo es un órgano de relevancia constitucional español que deriva de la figura sueca Ombudsman (comisionado o representante) y encargada de velar por el respeto de los derechos que el Título I (aunque en la práctica se extiende a todos los derechos constitucionales) de la Constitución de 1978 otorga al ciudadano, pudiendo inclusive para ello supervisar la actividad de la Administración. La Constitución de 1978 dice en su artículo 54: «Una Ley orgánica regulará la institución del Defensor del Pueblo, como alto comisionado de las Cortes Generales, designado por éstas para la defensa de los derechos comprendidos en este Título, a cuyo efecto podrá supervisar la actividad de la Administración, dando cuenta a las Cortes Generales». Regulado por la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, su artículo 1 lo define como «el alto comisionado de las Cortes Generales designado por éstas para la defensa de los derechos comprendidos en el Título I de la Constitución, a cuyo efecto podrá supervisar la actividad de la Administración, dando cuenta a las Cortes Generales. Ejercerá las funciones que le encomienda la Constitución y la presente Ley». Por tanto puede supervisar la actividad de la Administración General del Estado, Administraciones de las Comunidades Autónomas y Administraciones Locales, incluyendo la propia actividad de los ministros. Además de poder supervisar la actuación de las empresas públicas y de los agentes o colaboradores de las Administraciones, cuando realizan fines o servicios públicos. El viernes 29 de junio de 2012 se anunció el acuerdo del Partido Popular y del PSOE por el que proponían a Soledad Becerril, antigua diputada del PP, como Defensora del Pueblo, y a Francisco Fernández Marugán, antiguo diputado del PSOE, como Adjunto Primero a la Defensora del Pueblo; Concepció Ferrer i Casals fue propuesta por CiU como Adjunta Segunda. El 24 de julio, la Comisión Mixta para las Relaciones con el Defensor del Pueblo se reunió en el Congreso de los Diputados para examinar y votar la propuesta de previa conformidad formulada por la Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, para el nombramiento de Francisco Fernández Marugán y Concepció Ferrer i Casals. El 26 de julio tuvieron lugar las tomas de posesión de los tres cargos. El 21 de julio de 2017 asumió el cargo de manera interina Francisco Fernández Marugán, tras la dimisión de Soledad Becerril al cumplir cinco años en la defensoría. (es)
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