Los criterios de convergencia (o criterios de Maastricht) son los requisitos que deben cumplir los estados pertenecientes a la Unión Europea para ser admitidos dentro de la eurozona, y consecuentemente, para participar en el Eurosistema. Los criterios vienen establecidos en el artículo 121(1) del tratado que establece la Comunidad Europea (Tratado de la CE).​ En total hay cuatro criterios, el que se refiere a la estabilidad de precios, el que se refiere a las finanzas gubernamentales, el que se refiere a los tipos de cambio y por último el que hace mención a las tasas de interés a largo plazo.

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  • Los criterios de convergencia (o criterios de Maastricht) son los requisitos que deben cumplir los estados pertenecientes a la Unión Europea para ser admitidos dentro de la eurozona, y consecuentemente, para participar en el Eurosistema. Los criterios vienen establecidos en el artículo 121(1) del tratado que establece la Comunidad Europea (Tratado de la CE).​ En total hay cuatro criterios, el que se refiere a la estabilidad de precios, el que se refiere a las finanzas gubernamentales, el que se refiere a los tipos de cambio y por último el que hace mención a las tasas de interés a largo plazo. (es)
  • Los criterios de convergencia (o criterios de Maastricht) son los requisitos que deben cumplir los estados pertenecientes a la Unión Europea para ser admitidos dentro de la eurozona, y consecuentemente, para participar en el Eurosistema. Los criterios vienen establecidos en el artículo 121(1) del tratado que establece la Comunidad Europea (Tratado de la CE).​ En total hay cuatro criterios, el que se refiere a la estabilidad de precios, el que se refiere a las finanzas gubernamentales, el que se refiere a los tipos de cambio y por último el que hace mención a las tasas de interés a largo plazo. (es)
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  • Los criterios de convergencia (o criterios de Maastricht) son los requisitos que deben cumplir los estados pertenecientes a la Unión Europea para ser admitidos dentro de la eurozona, y consecuentemente, para participar en el Eurosistema. Los criterios vienen establecidos en el artículo 121(1) del tratado que establece la Comunidad Europea (Tratado de la CE).​ En total hay cuatro criterios, el que se refiere a la estabilidad de precios, el que se refiere a las finanzas gubernamentales, el que se refiere a los tipos de cambio y por último el que hace mención a las tasas de interés a largo plazo. (es)
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  • Criterios de convergencia (es)
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