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- Los criterios de convergencia (o criterios de Maastricht) son los requisitos que deben cumplir los estados pertenecientes a la Unión Europea para ser admitidos dentro de la eurozona, y consecuentemente, para participar en el Eurosistema. Los criterios vienen establecidos en el artículo 121(1) del tratado que establece la Comunidad Europea (Tratado de la CE). En total hay cuatro criterios, el que se refiere a la estabilidad de precios, el que se refiere a las finanzas gubernamentales, el que se refiere a los tipos de cambio y por último el que hace mención a las tasas de interés a largo plazo. (es)
- Los criterios de convergencia (o criterios de Maastricht) son los requisitos que deben cumplir los estados pertenecientes a la Unión Europea para ser admitidos dentro de la eurozona, y consecuentemente, para participar en el Eurosistema. Los criterios vienen establecidos en el artículo 121(1) del tratado que establece la Comunidad Europea (Tratado de la CE). En total hay cuatro criterios, el que se refiere a la estabilidad de precios, el que se refiere a las finanzas gubernamentales, el que se refiere a los tipos de cambio y por último el que hace mención a las tasas de interés a largo plazo. (es)
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- Los criterios de convergencia (o criterios de Maastricht) son los requisitos que deben cumplir los estados pertenecientes a la Unión Europea para ser admitidos dentro de la eurozona, y consecuentemente, para participar en el Eurosistema. Los criterios vienen establecidos en el artículo 121(1) del tratado que establece la Comunidad Europea (Tratado de la CE). En total hay cuatro criterios, el que se refiere a la estabilidad de precios, el que se refiere a las finanzas gubernamentales, el que se refiere a los tipos de cambio y por último el que hace mención a las tasas de interés a largo plazo. (es)
- Los criterios de convergencia (o criterios de Maastricht) son los requisitos que deben cumplir los estados pertenecientes a la Unión Europea para ser admitidos dentro de la eurozona, y consecuentemente, para participar en el Eurosistema. Los criterios vienen establecidos en el artículo 121(1) del tratado que establece la Comunidad Europea (Tratado de la CE). En total hay cuatro criterios, el que se refiere a la estabilidad de precios, el que se refiere a las finanzas gubernamentales, el que se refiere a los tipos de cambio y por último el que hace mención a las tasas de interés a largo plazo. (es)
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- Criterios de convergencia (es)
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