El Consejo Nacional Electoral es un organismo autónomo e independiente que hace parte de la Organización Electoral junto a la Registraduría Nacional del Estado Civil, Artículo 120 Constitución Política Colombiana. El CNE está compuesto por (9) magistrados electos por el Congreso de la República por un periodo de (4) años mediante el sistema de cifra repartidora Artículo 264 Constitución Política Colombiana. El acto legislativo 03 del 23 de mayo del 2017 y el Auto N° 499/17 de la Corte Constitucional establecieron la designación transitoria de un delegado de la FARC ante el Consejo Nacional Electoral que podrá participar en las deliberaciones de esa Corporación.

Property Value
dbo:abstract
  • El Consejo Nacional Electoral es un organismo autónomo e independiente que hace parte de la Organización Electoral junto a la Registraduría Nacional del Estado Civil, Artículo 120 Constitución Política Colombiana. El CNE está compuesto por (9) magistrados electos por el Congreso de la República por un periodo de (4) años mediante el sistema de cifra repartidora Artículo 264 Constitución Política Colombiana. El acto legislativo 03 del 23 de mayo del 2017 y el Auto N° 499/17 de la Corte Constitucional establecieron la designación transitoria de un delegado de la FARC ante el Consejo Nacional Electoral que podrá participar en las deliberaciones de esa Corporación. El Artículo 335 del Plan Nacional de Desarrollo, otorga facultades extraordinarias al Presidente de la República para que dentro de los 6 meses siguientes a la expedición de dicha Ley de mayo de 2019, adopte la estructura y organización del CNE que le permita su autonomía administrativa y presupuestal. (es)
  • El Consejo Nacional Electoral es un organismo autónomo e independiente que hace parte de la Organización Electoral junto a la Registraduría Nacional del Estado Civil, Artículo 120 Constitución Política Colombiana. El CNE está compuesto por (9) magistrados electos por el Congreso de la República por un periodo de (4) años mediante el sistema de cifra repartidora Artículo 264 Constitución Política Colombiana. El acto legislativo 03 del 23 de mayo del 2017 y el Auto N° 499/17 de la Corte Constitucional establecieron la designación transitoria de un delegado de la FARC ante el Consejo Nacional Electoral que podrá participar en las deliberaciones de esa Corporación. El Artículo 335 del Plan Nacional de Desarrollo, otorga facultades extraordinarias al Presidente de la República para que dentro de los 6 meses siguientes a la expedición de dicha Ley de mayo de 2019, adopte la estructura y organización del CNE que le permita su autonomía administrativa y presupuestal. (es)
dbo:wikiPageExternalLink
dbo:wikiPageID
  • 3128264 (xsd:integer)
dbo:wikiPageLength
  • 9592 (xsd:integer)
dbo:wikiPageRevisionID
  • 129623781 (xsd:integer)
prop-es:acrónimo
  • CNE (es)
  • CNE (es)
prop-es:composición
  • Oposición (es)
  • Oposición (es)
dct:subject
rdfs:comment
  • El Consejo Nacional Electoral es un organismo autónomo e independiente que hace parte de la Organización Electoral junto a la Registraduría Nacional del Estado Civil, Artículo 120 Constitución Política Colombiana. El CNE está compuesto por (9) magistrados electos por el Congreso de la República por un periodo de (4) años mediante el sistema de cifra repartidora Artículo 264 Constitución Política Colombiana. El acto legislativo 03 del 23 de mayo del 2017 y el Auto N° 499/17 de la Corte Constitucional establecieron la designación transitoria de un delegado de la FARC ante el Consejo Nacional Electoral que podrá participar en las deliberaciones de esa Corporación. (es)
  • El Consejo Nacional Electoral es un organismo autónomo e independiente que hace parte de la Organización Electoral junto a la Registraduría Nacional del Estado Civil, Artículo 120 Constitución Política Colombiana. El CNE está compuesto por (9) magistrados electos por el Congreso de la República por un periodo de (4) años mediante el sistema de cifra repartidora Artículo 264 Constitución Política Colombiana. El acto legislativo 03 del 23 de mayo del 2017 y el Auto N° 499/17 de la Corte Constitucional establecieron la designación transitoria de un delegado de la FARC ante el Consejo Nacional Electoral que podrá participar en las deliberaciones de esa Corporación. (es)
rdfs:label
  • Consejo Nacional Electoral (Colombia) (es)
  • Consejo Nacional Electoral (Colombia) (es)
owl:sameAs
prov:wasDerivedFrom
foaf:homepage
foaf:isPrimaryTopicOf
is dbo:wikiPageRedirects of
is prop-es:cargo of
is owl:sameAs of
is foaf:primaryTopic of