Las Comisiones de Postulación son medios o recursos institucionalizados, regulados y organizados por la Constitución Política de la República de Guatemala y el Decreto Legislativo No. 19-2009, Ley de Comisiones de Postulación,​ para proponer y presentar nóminas o listados de personas que deban ser electas y nombradas por el Presidente de la República o el Congreso de la República para el desempeño o ejercicio de los altos cargos del Estado, esto es, con el objeto de garantizar una elección correcta de personas idóneas y capaces, para ejercer dichos cargos.

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  • Las Comisiones de Postulación son medios o recursos institucionalizados, regulados y organizados por la Constitución Política de la República de Guatemala y el Decreto Legislativo No. 19-2009, Ley de Comisiones de Postulación,​ para proponer y presentar nóminas o listados de personas que deban ser electas y nombradas por el Presidente de la República o el Congreso de la República para el desempeño o ejercicio de los altos cargos del Estado, esto es, con el objeto de garantizar una elección correcta de personas idóneas y capaces, para ejercer dichos cargos. Las Comisiones de Postulación están formadas por altos funcionarios públicos, autoridades universitarias públicas y privadas (como por ejemplo: rectores y decanos), representantes de los diferentes Colegios Profesionales y otros, según sea el funcionario a elegir y a qué institución del Estado pertenece. (es)
  • Las Comisiones de Postulación son medios o recursos institucionalizados, regulados y organizados por la Constitución Política de la República de Guatemala y el Decreto Legislativo No. 19-2009, Ley de Comisiones de Postulación,​ para proponer y presentar nóminas o listados de personas que deban ser electas y nombradas por el Presidente de la República o el Congreso de la República para el desempeño o ejercicio de los altos cargos del Estado, esto es, con el objeto de garantizar una elección correcta de personas idóneas y capaces, para ejercer dichos cargos. Las Comisiones de Postulación están formadas por altos funcionarios públicos, autoridades universitarias públicas y privadas (como por ejemplo: rectores y decanos), representantes de los diferentes Colegios Profesionales y otros, según sea el funcionario a elegir y a qué institución del Estado pertenece. (es)
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  • Las Comisiones de Postulación son medios o recursos institucionalizados, regulados y organizados por la Constitución Política de la República de Guatemala y el Decreto Legislativo No. 19-2009, Ley de Comisiones de Postulación,​ para proponer y presentar nóminas o listados de personas que deban ser electas y nombradas por el Presidente de la República o el Congreso de la República para el desempeño o ejercicio de los altos cargos del Estado, esto es, con el objeto de garantizar una elección correcta de personas idóneas y capaces, para ejercer dichos cargos. (es)
  • Las Comisiones de Postulación son medios o recursos institucionalizados, regulados y organizados por la Constitución Política de la República de Guatemala y el Decreto Legislativo No. 19-2009, Ley de Comisiones de Postulación,​ para proponer y presentar nóminas o listados de personas que deban ser electas y nombradas por el Presidente de la República o el Congreso de la República para el desempeño o ejercicio de los altos cargos del Estado, esto es, con el objeto de garantizar una elección correcta de personas idóneas y capaces, para ejercer dichos cargos. (es)
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  • Comisión de Postulación (es)
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