La colegialidad o colegiatura es un principio de funcionamiento de las magistraturas romanas ordinaras -todas excepto el Dictador-, por el cual debían ser desempeñadas por un número par de magistrados de iguales poderes, y que siempre debían ser como mínimo dos. Esto obligaba a los magistrados a actuar colegiadamente y de acuerdo, ya que uno podía vetar las decisiones del otro o de los otros. Así, existían dos censores, dos cónsules, de dos a catorce pretores, dos ediles curules, dos ediles, de dos a veinticuatro cuestores, y de dos a ocho tribunos de la plebe. * Datos: Q5776846

Property Value
dbo:abstract
  • La colegialidad o colegiatura es un principio de funcionamiento de las magistraturas romanas ordinaras -todas excepto el Dictador-, por el cual debían ser desempeñadas por un número par de magistrados de iguales poderes, y que siempre debían ser como mínimo dos. Esto obligaba a los magistrados a actuar colegiadamente y de acuerdo, ya que uno podía vetar las decisiones del otro o de los otros. Así, existían dos censores, dos cónsules, de dos a catorce pretores, dos ediles curules, dos ediles, de dos a veinticuatro cuestores, y de dos a ocho tribunos de la plebe. * Datos: Q5776846 (es)
  • La colegialidad o colegiatura es un principio de funcionamiento de las magistraturas romanas ordinaras -todas excepto el Dictador-, por el cual debían ser desempeñadas por un número par de magistrados de iguales poderes, y que siempre debían ser como mínimo dos. Esto obligaba a los magistrados a actuar colegiadamente y de acuerdo, ya que uno podía vetar las decisiones del otro o de los otros. Así, existían dos censores, dos cónsules, de dos a catorce pretores, dos ediles curules, dos ediles, de dos a veinticuatro cuestores, y de dos a ocho tribunos de la plebe. * Datos: Q5776846 (es)
dbo:wikiPageID
  • 410751 (xsd:integer)
dbo:wikiPageLength
  • 879 (xsd:integer)
dbo:wikiPageRevisionID
  • 129664806 (xsd:integer)
dct:subject
rdfs:comment
  • La colegialidad o colegiatura es un principio de funcionamiento de las magistraturas romanas ordinaras -todas excepto el Dictador-, por el cual debían ser desempeñadas por un número par de magistrados de iguales poderes, y que siempre debían ser como mínimo dos. Esto obligaba a los magistrados a actuar colegiadamente y de acuerdo, ya que uno podía vetar las decisiones del otro o de los otros. Así, existían dos censores, dos cónsules, de dos a catorce pretores, dos ediles curules, dos ediles, de dos a veinticuatro cuestores, y de dos a ocho tribunos de la plebe. * Datos: Q5776846 (es)
  • La colegialidad o colegiatura es un principio de funcionamiento de las magistraturas romanas ordinaras -todas excepto el Dictador-, por el cual debían ser desempeñadas por un número par de magistrados de iguales poderes, y que siempre debían ser como mínimo dos. Esto obligaba a los magistrados a actuar colegiadamente y de acuerdo, ya que uno podía vetar las decisiones del otro o de los otros. Así, existían dos censores, dos cónsules, de dos a catorce pretores, dos ediles curules, dos ediles, de dos a veinticuatro cuestores, y de dos a ocho tribunos de la plebe. * Datos: Q5776846 (es)
rdfs:label
  • Colegiatura (es)
  • Colegiatura (es)
prov:wasDerivedFrom
foaf:isPrimaryTopicOf
is foaf:primaryTopic of