Cochero se refiere a los empleados que de oficio conducen o dirigen los coches de caballos. Genéricamente, el término cochero comprende a los conductores de oficio de cualquier género de carruajes de comodidad, bien de rúa, bien de camino y para muchos efectos incluso a los conductores de cualquier género de carruajes, bien se llamaran cocheros, mayorales, caneleros, conductores, como los de las sillas-correos, etc. Y no solamente a estos, es decir a los serviciales, asalariados, imagineros, etc. que por oficio conducían o dirigían un carruaje o ajeno sino a los dueños o particulares, sin distinción de personas que lo conducían o dirigían por afición, cosa que se verificaba en los carruajes de lujo o comodidad.

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  • Cochero se refiere a los empleados que de oficio conducen o dirigen los coches de caballos. Genéricamente, el término cochero comprende a los conductores de oficio de cualquier género de carruajes de comodidad, bien de rúa, bien de camino y para muchos efectos incluso a los conductores de cualquier género de carruajes, bien se llamaran cocheros, mayorales, caneleros, conductores, como los de las sillas-correos, etc. Y no solamente a estos, es decir a los serviciales, asalariados, imagineros, etc. que por oficio conducían o dirigían un carruaje o ajeno sino a los dueños o particulares, sin distinción de personas que lo conducían o dirigían por afición, cosa que se verificaba en los carruajes de lujo o comodidad. Las leyes suntuarias, antiguas o anticuadas contienen minuciosas prescripciones sobre libreas y traje de cocheros, ora de rúa, ora de camino. Sobre que nunca pudiesen apear su librea: que con ella, y para mayor escarmiento y ejemplo, cumpliesen las penas en que como tales cocheros incurrieren, aun cuando la librea fuese de Casa Real. Que ni ellos, ni los lacayos, ni los lacayuelos o cazadores pudieran llevar como de librea, trajes o distintivos propios de la milicia. Sobre que despedidos, hubieran de evacuar el pueblo, etc. Pero la mayor parte de estas disposiciones cayeron en desuso. Otras normas establecían que ningún cochero de particulares podía usar a su arbitrio, ni de sus amos librea de Casa Real y ninguno insignias o distintivos del ejército ni de otra clase o institución, constituida por ley o reglamentos especiales.​ (es)
  • Cochero se refiere a los empleados que de oficio conducen o dirigen los coches de caballos. Genéricamente, el término cochero comprende a los conductores de oficio de cualquier género de carruajes de comodidad, bien de rúa, bien de camino y para muchos efectos incluso a los conductores de cualquier género de carruajes, bien se llamaran cocheros, mayorales, caneleros, conductores, como los de las sillas-correos, etc. Y no solamente a estos, es decir a los serviciales, asalariados, imagineros, etc. que por oficio conducían o dirigían un carruaje o ajeno sino a los dueños o particulares, sin distinción de personas que lo conducían o dirigían por afición, cosa que se verificaba en los carruajes de lujo o comodidad. Las leyes suntuarias, antiguas o anticuadas contienen minuciosas prescripciones sobre libreas y traje de cocheros, ora de rúa, ora de camino. Sobre que nunca pudiesen apear su librea: que con ella, y para mayor escarmiento y ejemplo, cumpliesen las penas en que como tales cocheros incurrieren, aun cuando la librea fuese de Casa Real. Que ni ellos, ni los lacayos, ni los lacayuelos o cazadores pudieran llevar como de librea, trajes o distintivos propios de la milicia. Sobre que despedidos, hubieran de evacuar el pueblo, etc. Pero la mayor parte de estas disposiciones cayeron en desuso. Otras normas establecían que ningún cochero de particulares podía usar a su arbitrio, ni de sus amos librea de Casa Real y ninguno insignias o distintivos del ejército ni de otra clase o institución, constituida por ley o reglamentos especiales.​ (es)
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  • Cochero se refiere a los empleados que de oficio conducen o dirigen los coches de caballos. Genéricamente, el término cochero comprende a los conductores de oficio de cualquier género de carruajes de comodidad, bien de rúa, bien de camino y para muchos efectos incluso a los conductores de cualquier género de carruajes, bien se llamaran cocheros, mayorales, caneleros, conductores, como los de las sillas-correos, etc. Y no solamente a estos, es decir a los serviciales, asalariados, imagineros, etc. que por oficio conducían o dirigían un carruaje o ajeno sino a los dueños o particulares, sin distinción de personas que lo conducían o dirigían por afición, cosa que se verificaba en los carruajes de lujo o comodidad. (es)
  • Cochero se refiere a los empleados que de oficio conducen o dirigen los coches de caballos. Genéricamente, el término cochero comprende a los conductores de oficio de cualquier género de carruajes de comodidad, bien de rúa, bien de camino y para muchos efectos incluso a los conductores de cualquier género de carruajes, bien se llamaran cocheros, mayorales, caneleros, conductores, como los de las sillas-correos, etc. Y no solamente a estos, es decir a los serviciales, asalariados, imagineros, etc. que por oficio conducían o dirigían un carruaje o ajeno sino a los dueños o particulares, sin distinción de personas que lo conducían o dirigían por afición, cosa que se verificaba en los carruajes de lujo o comodidad. (es)
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  • Cochero (es)
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