La Administración Pública Federal son el conjunto de ministerios o despachos (conocido en el país como gabinete presidencial), dependencias federales, organismos descentralizados y empresas paraestales, que integran un grupo de colaboradores que asisten, para el desarrollo de sus atribuciones y funciones al Presidente de México. La Constitución vigente contempla dichas instituciones en cinco artículos del mismo apartado (Título III, Capítulo III) que define al Poder Ejecutivo; el cual recae exclusivamente en el Presidente de la República, por lo que el organigrama antes mencionado no es depositario de dicho poder, sino una organización formalizada en sectores para atender, desde la jefatura del ejecutivo, diversas tareas gubernamentales; pudiendo ser estas, funciones básicas, complementari

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  • La Administración Pública Federal son el conjunto de ministerios o despachos (conocido en el país como gabinete presidencial), dependencias federales, organismos descentralizados y empresas paraestales, que integran un grupo de colaboradores que asisten, para el desarrollo de sus atribuciones y funciones al Presidente de México. La Constitución vigente contempla dichas instituciones en cinco artículos del mismo apartado (Título III, Capítulo III) que define al Poder Ejecutivo; el cual recae exclusivamente en el Presidente de la República, por lo que el organigrama antes mencionado no es depositario de dicho poder, sino una organización formalizada en sectores para atender, desde la jefatura del ejecutivo, diversas tareas gubernamentales; pudiendo ser estas, funciones básicas, complementarias, coyunturales o emergentes. Las obligaciones, facultades, requisitos y restricciones a los distintos cargos están determinadas por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.​ La Administración pública federal es centralizada y paraestatal, de acuerdo con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la carta magna en su artículo 90; las secretarías de estado son su principal componente, pero estas a la vez tendrán adscritas (además de sus órganos internos) a dependencias federales, organismos descentralizados y empresas paraestatales; todo lo anterior teniendo a su cargo diversas carteras de interés público. Los titulares y estructura del gabinete serán responsables del diseño, aplicación, evaluación y garantía de las políticas públicas en materia de gobernabilidad, fuerzas armadas, seguridad pública, economía, relaciones exteriores, servicios públicos (educación, salud, empleo, vivienda, alimentación), infraestructura, medio ambiente, contraloría, entre otras áreas de responsabilidad del Gobierno Federal.​ El Presidente esta facultado para nombrar y remover a los miembros del organigrama, así como crear entidades al interior de este para la atención directa o específica de asuntos de interés público. Sin embargo la creación de nuevas secretarías, la validación de las políticas desarrolladas e incluso el nombramiento de algunos funcionarios esta sujeta a la determinación del Congreso de la Unión. El gabinete se divide para su conformación en legal (las secretarías de estado) y ampliado (consejería jurídica, dependencias, organismos descentralizados y empresas del estado), pero no incluyen, al menos en los términos de la ley orgánica, a la Oficina de la Presidencia, que cuenta con su propia estructura y normatividad, trabajando directamente con el titular del ejecutivo.​​​ (es)
  • La Administración Pública Federal son el conjunto de ministerios o despachos (conocido en el país como gabinete presidencial), dependencias federales, organismos descentralizados y empresas paraestales, que integran un grupo de colaboradores que asisten, para el desarrollo de sus atribuciones y funciones al Presidente de México. La Constitución vigente contempla dichas instituciones en cinco artículos del mismo apartado (Título III, Capítulo III) que define al Poder Ejecutivo; el cual recae exclusivamente en el Presidente de la República, por lo que el organigrama antes mencionado no es depositario de dicho poder, sino una organización formalizada en sectores para atender, desde la jefatura del ejecutivo, diversas tareas gubernamentales; pudiendo ser estas, funciones básicas, complementarias, coyunturales o emergentes. Las obligaciones, facultades, requisitos y restricciones a los distintos cargos están determinadas por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.​ La Administración pública federal es centralizada y paraestatal, de acuerdo con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la carta magna en su artículo 90; las secretarías de estado son su principal componente, pero estas a la vez tendrán adscritas (además de sus órganos internos) a dependencias federales, organismos descentralizados y empresas paraestatales; todo lo anterior teniendo a su cargo diversas carteras de interés público. Los titulares y estructura del gabinete serán responsables del diseño, aplicación, evaluación y garantía de las políticas públicas en materia de gobernabilidad, fuerzas armadas, seguridad pública, economía, relaciones exteriores, servicios públicos (educación, salud, empleo, vivienda, alimentación), infraestructura, medio ambiente, contraloría, entre otras áreas de responsabilidad del Gobierno Federal.​ El Presidente esta facultado para nombrar y remover a los miembros del organigrama, así como crear entidades al interior de este para la atención directa o específica de asuntos de interés público. Sin embargo la creación de nuevas secretarías, la validación de las políticas desarrolladas e incluso el nombramiento de algunos funcionarios esta sujeta a la determinación del Congreso de la Unión. El gabinete se divide para su conformación en legal (las secretarías de estado) y ampliado (consejería jurídica, dependencias, organismos descentralizados y empresas del estado), pero no incluyen, al menos en los términos de la ley orgánica, a la Oficina de la Presidencia, que cuenta con su propia estructura y normatividad, trabajando directamente con el titular del ejecutivo.​​​ (es)
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  • Universidad Nacional Autónoma de México (es)
  • Instituto Nacional de Administración Pública, A.C. (es)
  • Centro de Documentación, Información y Análisis. Cámara de diputados. LX legislatura. (es)
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  • La administración pública federal en México (es)
  • Génesis y evolución de la administración pública federal descentralizada. Tomo II. Volumen 1 (es)
  • Administración Pública Federal. Estudio Teórico-Doctrinal, de Antecedentes Constitucionales, Derecho Comparado, e Iniciativas presentadas que proponen reformar los artículos 90, 91 y 92 Constitucionales, en la LIX y LX Legislatura. (es)
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  • Distrito Federal (es)
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  • http://www.inap.mx/portal/images/pdf/cartom1vol1.pdf|autor=Carrillo Castro, Alejandro (es)
  • http://www.diputados.gob.mx/cedia/sia/spi/SPI-ISS-11-07.pdf|autor=Gamboa Montejano, Claudia & Gutiérrez Sánchez, Miriam (es)
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  • La Administración Pública Federal son el conjunto de ministerios o despachos (conocido en el país como gabinete presidencial), dependencias federales, organismos descentralizados y empresas paraestales, que integran un grupo de colaboradores que asisten, para el desarrollo de sus atribuciones y funciones al Presidente de México. La Constitución vigente contempla dichas instituciones en cinco artículos del mismo apartado (Título III, Capítulo III) que define al Poder Ejecutivo; el cual recae exclusivamente en el Presidente de la República, por lo que el organigrama antes mencionado no es depositario de dicho poder, sino una organización formalizada en sectores para atender, desde la jefatura del ejecutivo, diversas tareas gubernamentales; pudiendo ser estas, funciones básicas, complementari (es)
  • La Administración Pública Federal son el conjunto de ministerios o despachos (conocido en el país como gabinete presidencial), dependencias federales, organismos descentralizados y empresas paraestales, que integran un grupo de colaboradores que asisten, para el desarrollo de sus atribuciones y funciones al Presidente de México. La Constitución vigente contempla dichas instituciones en cinco artículos del mismo apartado (Título III, Capítulo III) que define al Poder Ejecutivo; el cual recae exclusivamente en el Presidente de la República, por lo que el organigrama antes mencionado no es depositario de dicho poder, sino una organización formalizada en sectores para atender, desde la jefatura del ejecutivo, diversas tareas gubernamentales; pudiendo ser estas, funciones básicas, complementari (es)
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  • Administración pública federal (México) (es)
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