La suspensión A Divinis es una pena canónica prevista en el canon 1333 del Código de Derecho Canónico de la Iglesia Católica (establecida en la edición de 1983). La frase latina A Divinis traducida de modo literal significa “de los [ministerios] divinos”, pero se interpreta y aplica como “lejos de lo divino”. En la actualidad, ya no es usada, ni aplicada por el derecho positivo, ni por el Código de Derecho Canónico, ni por el Código de los Cánones de las Iglesias Orientales (cfr. canon 1432).

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  • La suspensión A Divinis es una pena canónica prevista en el canon 1333 del Código de Derecho Canónico de la Iglesia Católica (establecida en la edición de 1983). La frase latina A Divinis traducida de modo literal significa “de los [ministerios] divinos”, pero se interpreta y aplica como “lejos de lo divino”. En la actualidad, ya no es usada, ni aplicada por el derecho positivo, ni por el Código de Derecho Canónico, ni por el Código de los Cánones de las Iglesias Orientales (cfr. canon 1432). (es)
  • La suspensión A Divinis es una pena canónica prevista en el canon 1333 del Código de Derecho Canónico de la Iglesia Católica (establecida en la edición de 1983). La frase latina A Divinis traducida de modo literal significa “de los [ministerios] divinos”, pero se interpreta y aplica como “lejos de lo divino”. En la actualidad, ya no es usada, ni aplicada por el derecho positivo, ni por el Código de Derecho Canónico, ni por el Código de los Cánones de las Iglesias Orientales (cfr. canon 1432). (es)
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  • La suspensión A Divinis es una pena canónica prevista en el canon 1333 del Código de Derecho Canónico de la Iglesia Católica (establecida en la edición de 1983). La frase latina A Divinis traducida de modo literal significa “de los [ministerios] divinos”, pero se interpreta y aplica como “lejos de lo divino”. En la actualidad, ya no es usada, ni aplicada por el derecho positivo, ni por el Código de Derecho Canónico, ni por el Código de los Cánones de las Iglesias Orientales (cfr. canon 1432). (es)
  • La suspensión A Divinis es una pena canónica prevista en el canon 1333 del Código de Derecho Canónico de la Iglesia Católica (establecida en la edición de 1983). La frase latina A Divinis traducida de modo literal significa “de los [ministerios] divinos”, pero se interpreta y aplica como “lejos de lo divino”. En la actualidad, ya no es usada, ni aplicada por el derecho positivo, ni por el Código de Derecho Canónico, ni por el Código de los Cánones de las Iglesias Orientales (cfr. canon 1432). (es)
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  • A divinis (es)
  • A divinis (es)
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