En la Unión europea, las vías rápidas son carreteras definidas por Directivas de la unión europea tal como la 85/337/CEE y 97/11/CE.​Por ejemplo, por saber si la autovía urbana de circunvalación de Madrid, identificada con el número M-30 es una vía rápida, la CJUE considera que «el término «vías rápidas» incluye las vías urbanas que reúnan las características previstas en» los textos de ley​ En Portugal estas vías continúan funcionando en la actualidad, y son una clasificación intermedia entre carretera nacional y autopista.

Property Value
dbo:abstract
  • En la Unión europea, las vías rápidas son carreteras definidas por Directivas de la unión europea tal como la 85/337/CEE y 97/11/CE.​Por ejemplo, por saber si la autovía urbana de circunvalación de Madrid, identificada con el número M-30 es una vía rápida, la CJUE considera que «el término «vías rápidas» incluye las vías urbanas que reúnan las características previstas en» los textos de ley​ En España, las vías rápidas eran carreteras con limitación total de accesos a las propiedades colindantes y, al igual que las autovías, sin pasos y cruces al mismo nivel con otras sendas, vías, líneas de ferrocarril, tranvía, etc. con servidumbre de paso. En general se trataba de vías de una sola calzada y un carril por sentido. La cartelería de una vía rápida tiene fondo verde y la nomenclatura es la de la carretera original. La "vía rápida" no es más que una carretera convencional de mayor calidad de circulación debido a sus mejores características de trazado, control total de accesos y la no existencia de intersecciones al mismo nivel. Esta mayor calidad de circulación y, por tanto de capacidad, la convierten en una alternativa económica a la autovía cuando no se prevean incrementos importantes de tráfico. Si no, se proyecta directamente una primera calzada de autovía. Contrariamente a lo que se cree, son unas vías muy seguras siempre que se utilizen según su propósito original: carreteras de una calzada con dos sentidos. En ellas se elimina la peligrosidad de los cruces que son el escenario de muchos choques laterales en carreteras comarcales, y se evita la lentitud de las rotondas. Sin embargo, el hecho de no separar ambos sentidos de circulación deja sin eliminar uno de los mayores peligros de este tipo de vías: el choque frontal durante los adelantamientos y otras maniobras. Por ello, y dado que el nombre de "vía rápida" daba lugar a confusión sobre las velocidades apropiadas y la seguridad de estas vías en adelantamientos, la reforma del de 2003 eliminó esta categoría en la clasificación de las carreteras, asignándole el nombre genérico de , que sigue vigente en la actual Ley de Carreteras, y eliminando su señalización especial. Con esta reforma se evitaba también la confusión de conductores extranjeros en los que las autovías o carreteras de características similares (es decir, con calzadas separadas y al menos dos carriles por sentido) están señalizadas en color verde, como en Dinamarca. A pesar de todo, debido a la coordinación entre gobiernos autonómicos y central de España, en Galicia existen este tipo de vías en funcionamiento y en construcción, empleando la cartelería verde propia de las vías rápidas pero bajo el nombre "Corredor. Vía de altas prestaciones", tal es, por ejemplo, la carretera CG-2.2. En Portugal estas vías continúan funcionando en la actualidad, y son una clasificación intermedia entre carretera nacional y autopista. (es)
  • En la Unión europea, las vías rápidas son carreteras definidas por Directivas de la unión europea tal como la 85/337/CEE y 97/11/CE.​Por ejemplo, por saber si la autovía urbana de circunvalación de Madrid, identificada con el número M-30 es una vía rápida, la CJUE considera que «el término «vías rápidas» incluye las vías urbanas que reúnan las características previstas en» los textos de ley​ En España, las vías rápidas eran carreteras con limitación total de accesos a las propiedades colindantes y, al igual que las autovías, sin pasos y cruces al mismo nivel con otras sendas, vías, líneas de ferrocarril, tranvía, etc. con servidumbre de paso. En general se trataba de vías de una sola calzada y un carril por sentido. La cartelería de una vía rápida tiene fondo verde y la nomenclatura es la de la carretera original. La "vía rápida" no es más que una carretera convencional de mayor calidad de circulación debido a sus mejores características de trazado, control total de accesos y la no existencia de intersecciones al mismo nivel. Esta mayor calidad de circulación y, por tanto de capacidad, la convierten en una alternativa económica a la autovía cuando no se prevean incrementos importantes de tráfico. Si no, se proyecta directamente una primera calzada de autovía. Contrariamente a lo que se cree, son unas vías muy seguras siempre que se utilizen según su propósito original: carreteras de una calzada con dos sentidos. En ellas se elimina la peligrosidad de los cruces que son el escenario de muchos choques laterales en carreteras comarcales, y se evita la lentitud de las rotondas. Sin embargo, el hecho de no separar ambos sentidos de circulación deja sin eliminar uno de los mayores peligros de este tipo de vías: el choque frontal durante los adelantamientos y otras maniobras. Por ello, y dado que el nombre de "vía rápida" daba lugar a confusión sobre las velocidades apropiadas y la seguridad de estas vías en adelantamientos, la reforma del de 2003 eliminó esta categoría en la clasificación de las carreteras, asignándole el nombre genérico de , que sigue vigente en la actual Ley de Carreteras, y eliminando su señalización especial. Con esta reforma se evitaba también la confusión de conductores extranjeros en los que las autovías o carreteras de características similares (es decir, con calzadas separadas y al menos dos carriles por sentido) están señalizadas en color verde, como en Dinamarca. A pesar de todo, debido a la coordinación entre gobiernos autonómicos y central de España, en Galicia existen este tipo de vías en funcionamiento y en construcción, empleando la cartelería verde propia de las vías rápidas pero bajo el nombre "Corredor. Vía de altas prestaciones", tal es, por ejemplo, la carretera CG-2.2. En Portugal estas vías continúan funcionando en la actualidad, y son una clasificación intermedia entre carretera nacional y autopista. (es)
dbo:wikiPageExternalLink
dbo:wikiPageID
  • 751951 (xsd:integer)
dbo:wikiPageLength
  • 7287 (xsd:integer)
dbo:wikiPageRevisionID
  • 130545599 (xsd:integer)
dct:subject
rdfs:comment
  • En la Unión europea, las vías rápidas son carreteras definidas por Directivas de la unión europea tal como la 85/337/CEE y 97/11/CE.​Por ejemplo, por saber si la autovía urbana de circunvalación de Madrid, identificada con el número M-30 es una vía rápida, la CJUE considera que «el término «vías rápidas» incluye las vías urbanas que reúnan las características previstas en» los textos de ley​ En Portugal estas vías continúan funcionando en la actualidad, y son una clasificación intermedia entre carretera nacional y autopista. (es)
  • En la Unión europea, las vías rápidas son carreteras definidas por Directivas de la unión europea tal como la 85/337/CEE y 97/11/CE.​Por ejemplo, por saber si la autovía urbana de circunvalación de Madrid, identificada con el número M-30 es una vía rápida, la CJUE considera que «el término «vías rápidas» incluye las vías urbanas que reúnan las características previstas en» los textos de ley​ En Portugal estas vías continúan funcionando en la actualidad, y son una clasificación intermedia entre carretera nacional y autopista. (es)
rdfs:label
  • Vía rápida (es)
  • Vía rápida (es)
owl:sameAs
prov:wasDerivedFrom
foaf:isPrimaryTopicOf
is dbo:wikiPageRedirects of
is prop-es:tipo of
is owl:sameAs of
is foaf:primaryTopic of