La Comunidad de Madrid es una comunidad autónoma española uniprovincial. En el artículo 75 la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid (BOCM de 18 de marzo de 2003), se prevé la creación de comarcas: Sin embargo, la Asamblea de Madrid no aprobó ninguna ley para la formación de comarcas. No obstante, con diversos propósitos (agrícolas, turísticos...) diversos organismos de la administración autonómica han definido informalmente comarcas:

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  • La Comunidad de Madrid es una comunidad autónoma española uniprovincial. En el artículo 75 la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid (BOCM de 18 de marzo de 2003), se prevé la creación de comarcas: Según dispone el artículo 3.3 de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, por Ley de la Asamblea de Madrid se podrán crear Comarcas mediante la agrupación de Municipios limítrofes cuyas características determinen intereses comunes precisados de una gestión propia o demanden la prestación de servicios en dicho ámbito en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Sin embargo, la Asamblea de Madrid no aprobó ninguna ley para la formación de comarcas. No obstante, con diversos propósitos (agrícolas, turísticos...) diversos organismos de la administración autonómica han definido informalmente comarcas: * La Guía de Turismo Rural y Activo, editada por la Dirección General de Turismo (Consejería de Cultura y Turismo) define ocho comarcas (dejando fuera de tales comarcas los municipios interiores, pertenecientes al Área Metropolitana de Madrid o al Corredor del Henares. * El Libro Blanco de la Política Agraria y el Desarrollo Rural, editado por la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural (Consejería de Economía e Innovación Tecnológica) define seis comarcas agrícolas que cubren todo el territorio de la Comunidad. Estas clasificaciones, no oficiales, conviven con comarcas tradicionales o con otras agrupaciones más modernas (como el Corredor del Henares), también sin regulación oficial. (es)
  • La Comunidad de Madrid es una comunidad autónoma española uniprovincial. En el artículo 75 la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid (BOCM de 18 de marzo de 2003), se prevé la creación de comarcas: Según dispone el artículo 3.3 de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, por Ley de la Asamblea de Madrid se podrán crear Comarcas mediante la agrupación de Municipios limítrofes cuyas características determinen intereses comunes precisados de una gestión propia o demanden la prestación de servicios en dicho ámbito en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Sin embargo, la Asamblea de Madrid no aprobó ninguna ley para la formación de comarcas. No obstante, con diversos propósitos (agrícolas, turísticos...) diversos organismos de la administración autonómica han definido informalmente comarcas: * La Guía de Turismo Rural y Activo, editada por la Dirección General de Turismo (Consejería de Cultura y Turismo) define ocho comarcas (dejando fuera de tales comarcas los municipios interiores, pertenecientes al Área Metropolitana de Madrid o al Corredor del Henares. * El Libro Blanco de la Política Agraria y el Desarrollo Rural, editado por la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural (Consejería de Economía e Innovación Tecnológica) define seis comarcas agrícolas que cubren todo el territorio de la Comunidad. Estas clasificaciones, no oficiales, conviven con comarcas tradicionales o con otras agrupaciones más modernas (como el Corredor del Henares), también sin regulación oficial. (es)
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  • La Comunidad de Madrid es una comunidad autónoma española uniprovincial. En el artículo 75 la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid (BOCM de 18 de marzo de 2003), se prevé la creación de comarcas: Sin embargo, la Asamblea de Madrid no aprobó ninguna ley para la formación de comarcas. No obstante, con diversos propósitos (agrícolas, turísticos...) diversos organismos de la administración autonómica han definido informalmente comarcas: (es)
  • La Comunidad de Madrid es una comunidad autónoma española uniprovincial. En el artículo 75 la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid (BOCM de 18 de marzo de 2003), se prevé la creación de comarcas: Sin embargo, la Asamblea de Madrid no aprobó ninguna ley para la formación de comarcas. No obstante, con diversos propósitos (agrícolas, turísticos...) diversos organismos de la administración autonómica han definido informalmente comarcas: (es)
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  • Comarcas de la Comunidad de Madrid (es)
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