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La pecha o peita fue un impuesto del Reino de Aragón. La pecha puede considerarse como contemporánea a los primeros siglos de la reconquista, según consta en los privilegios otorgados a los lugares de nueva población en los cuales se procuraba atraer a los pobladores, eximiéndoles de pecha y de otras servidumbres. Este impuesto correspondía a la taille francesa ya porque estaban exentos de pagarlos los eclesiásticos, nobles e infanzones, ya porque era un género de contribución personal que se cargaba sobre los bienes, sitios y muebles; de aquí su desigualdad en el repartimiento y la incertidumbre consiguiente a las apreciaciones arbitrarías que se puede dar a los bienes muebles que son dos inconvenientes muy grandes, al que puede agregarse el que dimanaba del recargo que experimentaban algunos lugares. Era pagada por los campesinos, oscilando entre la quinta y la sexta parte de las cosechas, siendo tasada globalmente para cada localidad y luego se dividía entre los labradores. La pagaban también los moros y judíos y se deduce que sus aljamas no estuvieron nunca exentas de la gracia concedida por Pedro IV en 1336 a Mahoma Mazucla, encargado de la obra del Puente de Zaragoza, para no contribuir con la pecha por cinco años. Sus productos no eran tan saneados como suponen algunos escritores pues la Real Hacienda no percibía íntegro su producto, ya por estar como enajenado gran parte de él por el excesivo número de caballerías que los Reyes situaban en la contribución de lugares realengos para remunerar a los Ricos-homes los servicios que hacían, ya por la rebaja que resultaba cuando las heredades que pechaban recaían en poder de los infanzones que estaban exentos de ella. También existió en el Reino de Navarra la peita o pecta para todos los labradores no hidalgos pudiendo satisfacerla globalmente (pecha tasada) o individualmente (pecha no tasada).​