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Historia del constitucionalismo argentino
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El constitucionalismo en la Argentina nace con el primer Reglamento de 1811, el cual deslindaba las atribuciones entre la Junta Conservadora y el Triunvirato. No llegó a aplicarse, porque el Triunvirato lo reemplazó por el Estatuto Provisional en ese mismo año. Posteriormente, la Asamblea General Constituyente de las Provincias Unidas del Río de la Plata en su sesión del 27 de febrero de 1813 aprobó el Estatuto del Supremo Poder Ejecutivo, mediante el cual se organizó el Poder Ejecutivo y se fijaron sus facultades. En 1815 se sancionó un Estatuto provisional y otro en 1817, pero su sentido fue de organizar el desorden del momento.
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Bidart Campos, Germán J. Jara Roncati, Eduardo Lopresti, Roberto P. Paura, Vilma Ekmekdjian, Miguel Angel
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1964 1998 19994 20075 2003
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987 950
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Tratado Elemental de Derecho Constitucional Constitucionalismo argentino: antecedentes y desarrollo histórico-jurídico Manual de la Constitución Argentina De las guerras civiles a la consolidación del estado nacional argentino Constitución Argentina Comentada
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El constitucionalismo en la Argentina nace con el primer Reglamento de 1811, el cual deslindaba las atribuciones entre la Junta Conservadora y el Triunvirato. No llegó a aplicarse, porque el Triunvirato lo reemplazó por el Estatuto Provisional en ese mismo año. Posteriormente, la Asamblea General Constituyente de las Provincias Unidas del Río de la Plata en su sesión del 27 de febrero de 1813 aprobó el Estatuto del Supremo Poder Ejecutivo, mediante el cual se organizó el Poder Ejecutivo y se fijaron sus facultades. En 1815 se sancionó un Estatuto provisional y otro en 1817, pero su sentido fue de organizar el desorden del momento. La primera constitución argentina fue sancionada en 1819 por el Congreso de Tucumán. Era de carácter centralista, conservador, pro-monárquica y aristocratizante, por ello fue rechazada por las provincias y jamás se puso en práctica. En especial se opuso el Brigadier General Estanislao López, caudillo de Santa Fe, quien deseaba la instalación de una confederación, tratando de imponer su propia constitución, en cuyo artículo 19, instituyó por primera vez en la historia, el voto directo del pueblo para la elección de sus representantes de una organización republicana y federal. Así es como Estanislao López llega al poder como gobernador de Santa Fe en 1819 a través del voto popular. Primer acto democrático efectivizado en toda Latinoamérica y uno de los primeros de todo el mundo (Busaniche, 1927). Sobre esta Constitución de Santa Fe, el propio Busaniche (1927) dice; «...hay que considerar que era la primera provincia en que se daba una constitución republicana; que no había en el mundo otra república que Estados Unidos de Norteamérica y que estaba tan arraigada la sumisión al absolutismo y a la inclinación a la pompas exteriores del mando, que sólo en 1815 se terminó en Buenos Aires con la costumbre de quemar incienso ante la persona del director supremo». Es así que se destaca la valentía de Estanislao López, mientras Buenos Aires mendigaba por las cortes europeas, un monarca para el Río de la Plata hasta 1819. Tras este primer intento, en 1824 se convocó a un Congreso Constituyente, que, en 1826, sancionó una nueva constitución que fracasó como la primera. Fue asimismo rechazada por las provincias y no alcanzó a entrar en vigencia. Una convención reunida en Santa Fe para reformar la constitución fue malograda por la guerra civil de 1828-1831, la cual, sin embargo, propició el nacimiento del Pacto Federal (1831), virtual carta magna argentina por años. Este pacto establecía que el gobierno de la provincia de Buenos Aires (la mayor y más poblada, así como la que tenía contacto directo con Europa) estaba «encargado de las relaciones exteriores de la Confederación Argentina». El gobernador de Buenos Aires, Juan Manuel de Rosas (1829-1832 y 1835-1852), se mostró renuente a realizar la convocatoria a un Congreso Constituyente que exigía el Pacto Federal, por lo que hubo que esperar a su destitución por parte del Gobernador de Entre Ríos, Justo José de Urquiza, para la realización del mismo.
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