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- El cargo primer vicepresidente de Cuba, fue el segundo cargo en importancia dentro de la jerarquía de poder en el Estado, según la Constitución del Estado de 1976; con la adopción de nueva Constitución de la República en el 2019 este cargo se transforma a Vicepresidente de la República. Según el artículo 129; para ser vicepresidente se requiere haber cumplido treinta y cinco años de edad, hallarse en pleno goce de los derechos civiles y políticos, ser ciudadano cubano por nacimiento y no tener otra ciudadanía. Cumple con las atribuciones que le sean delegadas o asignadas por el Presidente de la República y en caso de ausencia, enfermedad o muerte de este, lo sustituye temporalmente en sus funciones. Cuando queda vacante el cargo de Vicepresidente la Asamblea Nacional del Poder Popular elige a su sustituto. (es)
- El cargo primer vicepresidente de Cuba, fue el segundo cargo en importancia dentro de la jerarquía de poder en el Estado, según la Constitución del Estado de 1976; con la adopción de nueva Constitución de la República en el 2019 este cargo se transforma a Vicepresidente de la República. Según el artículo 129; para ser vicepresidente se requiere haber cumplido treinta y cinco años de edad, hallarse en pleno goce de los derechos civiles y políticos, ser ciudadano cubano por nacimiento y no tener otra ciudadanía. Cumple con las atribuciones que le sean delegadas o asignadas por el Presidente de la República y en caso de ausencia, enfermedad o muerte de este, lo sustituye temporalmente en sus funciones. Cuando queda vacante el cargo de Vicepresidente la Asamblea Nacional del Poder Popular elige a su sustituto. (es)
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- El cargo primer vicepresidente de Cuba, fue el segundo cargo en importancia dentro de la jerarquía de poder en el Estado, según la Constitución del Estado de 1976; con la adopción de nueva Constitución de la República en el 2019 este cargo se transforma a Vicepresidente de la República. Según el artículo 129; para ser vicepresidente se requiere haber cumplido treinta y cinco años de edad, hallarse en pleno goce de los derechos civiles y políticos, ser ciudadano cubano por nacimiento y no tener otra ciudadanía. (es)
- El cargo primer vicepresidente de Cuba, fue el segundo cargo en importancia dentro de la jerarquía de poder en el Estado, según la Constitución del Estado de 1976; con la adopción de nueva Constitución de la República en el 2019 este cargo se transforma a Vicepresidente de la República. Según el artículo 129; para ser vicepresidente se requiere haber cumplido treinta y cinco años de edad, hallarse en pleno goce de los derechos civiles y políticos, ser ciudadano cubano por nacimiento y no tener otra ciudadanía. (es)
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- Primer vicepresidente de Cuba (es)
- Primer vicepresidente de Cuba (es)
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