Luxemburgo tiene un sistema Parlamentario con una monarquía constitucional. Bajo la Constitución de 1868, el poder ejecutivo recae en el Gran Duque y el (gabinete), que consiste en un Primer Ministro y algunos otros. El poder legislativo revierte en la Cámara de los Diputados, elegidos por sufragio directo cada 5 años. Una segunda cámara, el "Conseil d'État" (Consejo de Estado), compuesto de 21 ciudadanos corrientes designados por el Gran Duque, asesoran a la Cámara de los Diputados en la elaboración de la legislación.

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  • Luxemburgo tiene un sistema Parlamentario con una monarquía constitucional. Bajo la Constitución de 1868, el poder ejecutivo recae en el Gran Duque y el (gabinete), que consiste en un Primer Ministro y algunos otros. El poder legislativo revierte en la Cámara de los Diputados, elegidos por sufragio directo cada 5 años. Una segunda cámara, el "Conseil d'État" (Consejo de Estado), compuesto de 21 ciudadanos corrientes designados por el Gran Duque, asesoran a la Cámara de los Diputados en la elaboración de la legislación. (es)
  • Luxemburgo tiene un sistema Parlamentario con una monarquía constitucional. Bajo la Constitución de 1868, el poder ejecutivo recae en el Gran Duque y el (gabinete), que consiste en un Primer Ministro y algunos otros. El poder legislativo revierte en la Cámara de los Diputados, elegidos por sufragio directo cada 5 años. Una segunda cámara, el "Conseil d'État" (Consejo de Estado), compuesto de 21 ciudadanos corrientes designados por el Gran Duque, asesoran a la Cámara de los Diputados en la elaboración de la legislación. (es)
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  • Luxemburgo tiene un sistema Parlamentario con una monarquía constitucional. Bajo la Constitución de 1868, el poder ejecutivo recae en el Gran Duque y el (gabinete), que consiste en un Primer Ministro y algunos otros. El poder legislativo revierte en la Cámara de los Diputados, elegidos por sufragio directo cada 5 años. Una segunda cámara, el "Conseil d'État" (Consejo de Estado), compuesto de 21 ciudadanos corrientes designados por el Gran Duque, asesoran a la Cámara de los Diputados en la elaboración de la legislación. (es)
  • Luxemburgo tiene un sistema Parlamentario con una monarquía constitucional. Bajo la Constitución de 1868, el poder ejecutivo recae en el Gran Duque y el (gabinete), que consiste en un Primer Ministro y algunos otros. El poder legislativo revierte en la Cámara de los Diputados, elegidos por sufragio directo cada 5 años. Una segunda cámara, el "Conseil d'État" (Consejo de Estado), compuesto de 21 ciudadanos corrientes designados por el Gran Duque, asesoran a la Cámara de los Diputados en la elaboración de la legislación. (es)
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  • Política de Luxemburgo (es)
  • Política de Luxemburgo (es)
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