El miedo insuperable es un concepto jurídico relacionado con el Derecho Penal. En concreto, se trata de una causa eximente de responsabilidad penal: una persona que comete un ilícito penal (es decir, un delito previsto en la legislación vigente) bajo los efectos del "miedo insuperable" no puede ser condenada a pena alguna ni por sus acciones ni por sus omisiones.

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  • El miedo insuperable es un concepto jurídico relacionado con el Derecho Penal. En concreto, se trata de una causa eximente de responsabilidad penal: una persona que comete un ilícito penal (es decir, un delito previsto en la legislación vigente) bajo los efectos del "miedo insuperable" no puede ser condenada a pena alguna ni por sus acciones ni por sus omisiones. Las causas eximentes de responsabilidad penal no deben confundirse con las circunstancias que agravan (o las que atenúan) la comisión de un delito. En estas últimas la pena se ve alterada, mientras que en el caso del "miedo insuperable" y otras circunstancias que eximen de responsabilidad penal la pena no puede ser impuesta nunca. Además, las circunstancias eximentes de la responsabilidad penal no pueden ser apreciadas "parcialmente": están presentes en un caso, (y así queda probado en los hechos) o no lo están; por su parte, las causas que agravan (o que atenúan) la responsabilidad penal pueden ser apreciadas en distintos grados. (es)
  • El miedo insuperable es un concepto jurídico relacionado con el Derecho Penal. En concreto, se trata de una causa eximente de responsabilidad penal: una persona que comete un ilícito penal (es decir, un delito previsto en la legislación vigente) bajo los efectos del "miedo insuperable" no puede ser condenada a pena alguna ni por sus acciones ni por sus omisiones. Las causas eximentes de responsabilidad penal no deben confundirse con las circunstancias que agravan (o las que atenúan) la comisión de un delito. En estas últimas la pena se ve alterada, mientras que en el caso del "miedo insuperable" y otras circunstancias que eximen de responsabilidad penal la pena no puede ser impuesta nunca. Además, las circunstancias eximentes de la responsabilidad penal no pueden ser apreciadas "parcialmente": están presentes en un caso, (y así queda probado en los hechos) o no lo están; por su parte, las causas que agravan (o que atenúan) la responsabilidad penal pueden ser apreciadas en distintos grados. (es)
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  • El miedo insuperable es un concepto jurídico relacionado con el Derecho Penal. En concreto, se trata de una causa eximente de responsabilidad penal: una persona que comete un ilícito penal (es decir, un delito previsto en la legislación vigente) bajo los efectos del "miedo insuperable" no puede ser condenada a pena alguna ni por sus acciones ni por sus omisiones. (es)
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  • Miedo insuperable (es)
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