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- La Iglesia parroquial de San Vicente Mártir de Aruej, en Villanúa, comarca Jacetania, Provincia de Huesca, es el primer templo católico con el que se encuentran los peregrinos del Camino de Santiago Francés, vía Tolosana, una vez atravesados los pirineos por el puerto de Somport. Como edificio religioso concreto no presenta ninguna catalogación, pero está dentro del catalogado como Bien de Interés Cultural según en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés; publicado en el Boletín Oficial de Aragón del día 22 de mayo de 2006. La iglesia, al igual que el resto del Conjunto Urbano de Aruej, se sitúa en una pradería, y en concreto la iglesia se localiza en una zona plana protegida por otros edificios, de entre los que sobre sale la torre defensiva, actualmente convertida en establo y que antaño fue vivienda y en su momento torre de defensa de la zona de paso hacia Francia y responsable de que este Paso entre los pirineos estuviera practicable todo el tiempo posible. A lo largo de la historia ha sufrido muchos avatares como el incendio que la dejó parcialmente destruida en el siglo XVIII, y ya en 1860 los pocos habitantes que aún moraban en Aruej, pasaron a depender de la parroquia de Villanúa, quedando la iglesia desde entonces, sin culto regular, pero con el título de parroquia, con párroco titular, adscrita al arciprestazgo de Jaca-Berdún, dentro de la Diócesis de Jaca a la que pertenece desde 1571. (es)
- La Iglesia parroquial de San Vicente Mártir de Aruej, en Villanúa, comarca Jacetania, Provincia de Huesca, es el primer templo católico con el que se encuentran los peregrinos del Camino de Santiago Francés, vía Tolosana, una vez atravesados los pirineos por el puerto de Somport. Como edificio religioso concreto no presenta ninguna catalogación, pero está dentro del catalogado como Bien de Interés Cultural según en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés; publicado en el Boletín Oficial de Aragón del día 22 de mayo de 2006. La iglesia, al igual que el resto del Conjunto Urbano de Aruej, se sitúa en una pradería, y en concreto la iglesia se localiza en una zona plana protegida por otros edificios, de entre los que sobre sale la torre defensiva, actualmente convertida en establo y que antaño fue vivienda y en su momento torre de defensa de la zona de paso hacia Francia y responsable de que este Paso entre los pirineos estuviera practicable todo el tiempo posible. A lo largo de la historia ha sufrido muchos avatares como el incendio que la dejó parcialmente destruida en el siglo XVIII, y ya en 1860 los pocos habitantes que aún moraban en Aruej, pasaron a depender de la parroquia de Villanúa, quedando la iglesia desde entonces, sin culto regular, pero con el título de parroquia, con párroco titular, adscrita al arciprestazgo de Jaca-Berdún, dentro de la Diócesis de Jaca a la que pertenece desde 1571. (es)
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- La Iglesia parroquial de San Vicente Mártir de Aruej, en Villanúa, comarca Jacetania, Provincia de Huesca, es el primer templo católico con el que se encuentran los peregrinos del Camino de Santiago Francés, vía Tolosana, una vez atravesados los pirineos por el puerto de Somport. Como edificio religioso concreto no presenta ninguna catalogación, pero está dentro del catalogado como Bien de Interés Cultural según en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés; publicado en el Boletín Oficial de Aragón del día 22 de mayo de 2006. (es)
- La Iglesia parroquial de San Vicente Mártir de Aruej, en Villanúa, comarca Jacetania, Provincia de Huesca, es el primer templo católico con el que se encuentran los peregrinos del Camino de Santiago Francés, vía Tolosana, una vez atravesados los pirineos por el puerto de Somport. Como edificio religioso concreto no presenta ninguna catalogación, pero está dentro del catalogado como Bien de Interés Cultural según en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés; publicado en el Boletín Oficial de Aragón del día 22 de mayo de 2006. (es)
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