El Consejo de Asuntos Exteriores es una de las formaciones internas en que se constituye el Consejo de la Unión Europea. Su existencia es obligada, por razón de su expresa previsión constitucional (art. 16.6 del Tratado de la Unión Europea).​El Consejo de Asuntos Exteriores es al que corresponde elaborar la acción exterior de la Unión atendiendo a las líneas estratégicas definidas por el Consejo Europeo, y velar por su coherencia; es también en ocasiones responsable de ejecutar dichas políticas, especialmente cuando se dan en el ámbito de la PESC (incluyendo la Política Común de Seguridad y Defensa), si bien a través de la Comisión y del Alto Representante.

Property Value
dbo:abstract
  • El Consejo de Asuntos Exteriores es una de las formaciones internas en que se constituye el Consejo de la Unión Europea. Su existencia es obligada, por razón de su expresa previsión constitucional (art. 16.6 del Tratado de la Unión Europea).​El Consejo de Asuntos Exteriores es al que corresponde elaborar la acción exterior de la Unión atendiendo a las líneas estratégicas definidas por el Consejo Europeo, y velar por su coherencia; es también en ocasiones responsable de ejecutar dichas políticas, especialmente cuando se dan en el ámbito de la PESC (incluyendo la Política Común de Seguridad y Defensa), si bien a través de la Comisión y del Alto Representante. El Consejo de Asuntos Exteriores es la única formación del Consejo que se sustrae del sistema de presidencias rotatorias y dispone de una presidencia estable, que corresponde con carácter nato al Alto Representante y Vicepresidente para Asuntos Exteriores de la Comisión Europea. Hasta la entrada en vigor el 1 de diciembre de 2009 del Tratado de Lisboa, esta formación estuvo integrada en el anterior Consejo de Asuntos Generales y Relaciones Exteriores, que desde entonces ha quedado separado en dos formaciones distintas: el Consejo de Asuntos Exteriores y el Consejo de Asuntos Generales. Por la complejidad de los temas abordados, no es infrecuente que su habitual composición de los ministros de asuntos exteriores de la Unión se vea ocasionalmente alterada; así, para tratar temas de comercio internacional o de desarrollo, acudirán los ministros del ramo concernidos. Esto es particularmente acentuado en temas de política común de seguridad y defensa, donde suelen ser convocados los ministros de Defensa de los Estados miembros. Sus reuniones se celebran una vez al mes en la sede del Consejo en Bruselas o en Luxemburgo. (es)
  • El Consejo de Asuntos Exteriores es una de las formaciones internas en que se constituye el Consejo de la Unión Europea. Su existencia es obligada, por razón de su expresa previsión constitucional (art. 16.6 del Tratado de la Unión Europea).​El Consejo de Asuntos Exteriores es al que corresponde elaborar la acción exterior de la Unión atendiendo a las líneas estratégicas definidas por el Consejo Europeo, y velar por su coherencia; es también en ocasiones responsable de ejecutar dichas políticas, especialmente cuando se dan en el ámbito de la PESC (incluyendo la Política Común de Seguridad y Defensa), si bien a través de la Comisión y del Alto Representante. El Consejo de Asuntos Exteriores es la única formación del Consejo que se sustrae del sistema de presidencias rotatorias y dispone de una presidencia estable, que corresponde con carácter nato al Alto Representante y Vicepresidente para Asuntos Exteriores de la Comisión Europea. Hasta la entrada en vigor el 1 de diciembre de 2009 del Tratado de Lisboa, esta formación estuvo integrada en el anterior Consejo de Asuntos Generales y Relaciones Exteriores, que desde entonces ha quedado separado en dos formaciones distintas: el Consejo de Asuntos Exteriores y el Consejo de Asuntos Generales. Por la complejidad de los temas abordados, no es infrecuente que su habitual composición de los ministros de asuntos exteriores de la Unión se vea ocasionalmente alterada; así, para tratar temas de comercio internacional o de desarrollo, acudirán los ministros del ramo concernidos. Esto es particularmente acentuado en temas de política común de seguridad y defensa, donde suelen ser convocados los ministros de Defensa de los Estados miembros. Sus reuniones se celebran una vez al mes en la sede del Consejo en Bruselas o en Luxemburgo. (es)
dbo:wikiPageExternalLink
dbo:wikiPageID
  • 3520544 (xsd:integer)
dbo:wikiPageLength
  • 3878 (xsd:integer)
dbo:wikiPageRevisionID
  • 130312240 (xsd:integer)
prop-es:anchoLogo
  • 50 (xsd:integer)
prop-es:creado
  • 1 (xsd:integer)
prop-es:dependienteDe
prop-es:director
  • Josep Borrell Fontelles (es)
  • (Jeppe Tranholm-Mikkelsen) (es)
  • Josep Borrell Fontelles (es)
  • (Jeppe Tranholm-Mikkelsen) (es)
prop-es:director2Pos
  • (Secretario General) (es)
  • (Secretario General) (es)
prop-es:directorPos
prop-es:logo
  • Former logo of the European Council and Council of the European Union .svg (es)
  • Former logo of the European Council and Council of the European Union .svg (es)
prop-es:nombre
  • Consejo (de) Asuntos Exteriores (es)
  • Consejo (de) Asuntos Exteriores (es)
prop-es:sede
  • Edificio Iustus Lipsius (es)
  • Edificio Iustus Lipsius (es)
prop-es:sitioWeb
dct:subject
rdfs:comment
  • El Consejo de Asuntos Exteriores es una de las formaciones internas en que se constituye el Consejo de la Unión Europea. Su existencia es obligada, por razón de su expresa previsión constitucional (art. 16.6 del Tratado de la Unión Europea).​El Consejo de Asuntos Exteriores es al que corresponde elaborar la acción exterior de la Unión atendiendo a las líneas estratégicas definidas por el Consejo Europeo, y velar por su coherencia; es también en ocasiones responsable de ejecutar dichas políticas, especialmente cuando se dan en el ámbito de la PESC (incluyendo la Política Común de Seguridad y Defensa), si bien a través de la Comisión y del Alto Representante. (es)
  • El Consejo de Asuntos Exteriores es una de las formaciones internas en que se constituye el Consejo de la Unión Europea. Su existencia es obligada, por razón de su expresa previsión constitucional (art. 16.6 del Tratado de la Unión Europea).​El Consejo de Asuntos Exteriores es al que corresponde elaborar la acción exterior de la Unión atendiendo a las líneas estratégicas definidas por el Consejo Europeo, y velar por su coherencia; es también en ocasiones responsable de ejecutar dichas políticas, especialmente cuando se dan en el ámbito de la PESC (incluyendo la Política Común de Seguridad y Defensa), si bien a través de la Comisión y del Alto Representante. (es)
rdfs:label
  • Consejo de Asuntos Exteriores de la Unión Europea (es)
  • Consejo de Asuntos Exteriores de la Unión Europea (es)
owl:sameAs
prov:wasDerivedFrom
foaf:isPrimaryTopicOf
is dbo:wikiPageRedirects of
is owl:sameAs of
is foaf:primaryTopic of