En la corona de Aragón, el canciller de contenciones o de competencias era un eclesiástico nombrado por el rey para decidir las competencias entre la jurisdicción real y la eclesiástica. Antiguamente en Aragón, el ordinario eclesiástico que se entrometía en cosas que no eran de su incumbencia o faltaba a la ritualidad de los juicios o atacaba la libertad de las personas o sus propiedades, tenía que comparecer ante el tribunal llamado banco regio para dar cuenta de su comportamiento y deshacer lo que indebidamente hubiese practicado. Mas en tiempo del rey don Pedro IV, con el fin de cortar los disturbios que afligieron su reinado, se celebró el año de 1372 entre la reina doña Leonor de Portugal, mujer de don Pedro y el nuncio cardenal Rertrand una concordia en que se estableció que en las c

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  • En la corona de Aragón, el canciller de contenciones o de competencias era un eclesiástico nombrado por el rey para decidir las competencias entre la jurisdicción real y la eclesiástica. Antiguamente en Aragón, el ordinario eclesiástico que se entrometía en cosas que no eran de su incumbencia o faltaba a la ritualidad de los juicios o atacaba la libertad de las personas o sus propiedades, tenía que comparecer ante el tribunal llamado banco regio para dar cuenta de su comportamiento y deshacer lo que indebidamente hubiese practicado. Mas en tiempo del rey don Pedro IV, con el fin de cortar los disturbios que afligieron su reinado, se celebró el año de 1372 entre la reina doña Leonor de Portugal, mujer de don Pedro y el nuncio cardenal Rertrand una concordia en que se estableció que en las competencias suscitadas entre la jurisdicción real y la eclesiástica se nombrasen árbitros por una y otra para dirimirlas y no habiendo conformidad entre estos, se decidiesen por un canciller eclesiástico de nombramiento real el que resolviera el punto dentro de treinta días y no haciéndolo en este tiempo se entendiera decidido a favor de la jurisdicción eclesiástica. (es)
  • En la corona de Aragón, el canciller de contenciones o de competencias era un eclesiástico nombrado por el rey para decidir las competencias entre la jurisdicción real y la eclesiástica. Antiguamente en Aragón, el ordinario eclesiástico que se entrometía en cosas que no eran de su incumbencia o faltaba a la ritualidad de los juicios o atacaba la libertad de las personas o sus propiedades, tenía que comparecer ante el tribunal llamado banco regio para dar cuenta de su comportamiento y deshacer lo que indebidamente hubiese practicado. Mas en tiempo del rey don Pedro IV, con el fin de cortar los disturbios que afligieron su reinado, se celebró el año de 1372 entre la reina doña Leonor de Portugal, mujer de don Pedro y el nuncio cardenal Rertrand una concordia en que se estableció que en las competencias suscitadas entre la jurisdicción real y la eclesiástica se nombrasen árbitros por una y otra para dirimirlas y no habiendo conformidad entre estos, se decidiesen por un canciller eclesiástico de nombramiento real el que resolviera el punto dentro de treinta días y no haciéndolo en este tiempo se entendiera decidido a favor de la jurisdicción eclesiástica. (es)
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  • Diccionario razonado de legislación y jurisprudencia (es)
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  • En la corona de Aragón, el canciller de contenciones o de competencias era un eclesiástico nombrado por el rey para decidir las competencias entre la jurisdicción real y la eclesiástica. Antiguamente en Aragón, el ordinario eclesiástico que se entrometía en cosas que no eran de su incumbencia o faltaba a la ritualidad de los juicios o atacaba la libertad de las personas o sus propiedades, tenía que comparecer ante el tribunal llamado banco regio para dar cuenta de su comportamiento y deshacer lo que indebidamente hubiese practicado. Mas en tiempo del rey don Pedro IV, con el fin de cortar los disturbios que afligieron su reinado, se celebró el año de 1372 entre la reina doña Leonor de Portugal, mujer de don Pedro y el nuncio cardenal Rertrand una concordia en que se estableció que en las c (es)
  • En la corona de Aragón, el canciller de contenciones o de competencias era un eclesiástico nombrado por el rey para decidir las competencias entre la jurisdicción real y la eclesiástica. Antiguamente en Aragón, el ordinario eclesiástico que se entrometía en cosas que no eran de su incumbencia o faltaba a la ritualidad de los juicios o atacaba la libertad de las personas o sus propiedades, tenía que comparecer ante el tribunal llamado banco regio para dar cuenta de su comportamiento y deshacer lo que indebidamente hubiese practicado. Mas en tiempo del rey don Pedro IV, con el fin de cortar los disturbios que afligieron su reinado, se celebró el año de 1372 entre la reina doña Leonor de Portugal, mujer de don Pedro y el nuncio cardenal Rertrand una concordia en que se estableció que en las c (es)
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  • Canciller de contenciones (es)
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