Autoridad civil o poder civil es una expresión que designa a la parte del aparato del Estado de la que depende el mantenimiento de la ley y el orden (orden público) pero que no corresponde a las fuerzas armadas. También se usa el término para distinguirlo de las o ; aunque es más habitual que, en ese contexto, se hable de poder secular (especialmente en el derecho canónico), o incluso de gobierno humano, en oposición al gobierno de Dios o gobierno divino.​

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  • Autoridad civil o poder civil es una expresión que designa a la parte del aparato del Estado de la que depende el mantenimiento de la ley y el orden (orden público) pero que no corresponde a las fuerzas armadas. También se usa el término para distinguirlo de las o ; aunque es más habitual que, en ese contexto, se hable de poder secular (especialmente en el derecho canónico), o incluso de gobierno humano, en oposición al gobierno de Dios o gobierno divino.​ Entre los primeros usos del concepto está el de la reflexión evangélica sobre la sumisión al poder civil a propósito del tributo al César (Dad a Dios lo que es de Dios y al César lo que es del César); y posteriormente las de los padres de la Iglesia, especialmente San Agustín (Civitate Dei y el denominado agustinismo político). En la época medieval el concepto fue desarrollado polémicamente a través de la teoría de las dos espadas y otras duras polémicas entre pontificado e imperio, los dos poderes universales. En época moderna, el humanismo abrió el campo intelectual a la reflexión de las ciencias políticas, más o menos alejadas del teocentrismo medieval (desde el maquiavelismo hasta el neoescolasticismo de la Escuela de Salamanca). La práctica política de las monarquías autoritarias y los estados modernos fueron experimentando distintas formas de relación con el , desde el regalismo en los países católicos hasta la Reforma protestante. Entre otras experiencias, se cuenta el concepto de "civil government" (no debe confundirse con el uso que se da a "gobierno civil" en castellano) que se atribuye a Roger Williams en 1636. Este clérigo fundó la colonia de Rhode Island and Providence Plantations (Rhode Island), y planteaba la creación de un "muro de separación" entre Iglesia y Estado para prevenir la corrupción de la Iglesia y mantener el orden civil(, 1644).​​ (es)
  • Autoridad civil o poder civil es una expresión que designa a la parte del aparato del Estado de la que depende el mantenimiento de la ley y el orden (orden público) pero que no corresponde a las fuerzas armadas. También se usa el término para distinguirlo de las o ; aunque es más habitual que, en ese contexto, se hable de poder secular (especialmente en el derecho canónico), o incluso de gobierno humano, en oposición al gobierno de Dios o gobierno divino.​ Entre los primeros usos del concepto está el de la reflexión evangélica sobre la sumisión al poder civil a propósito del tributo al César (Dad a Dios lo que es de Dios y al César lo que es del César); y posteriormente las de los padres de la Iglesia, especialmente San Agustín (Civitate Dei y el denominado agustinismo político). En la época medieval el concepto fue desarrollado polémicamente a través de la teoría de las dos espadas y otras duras polémicas entre pontificado e imperio, los dos poderes universales. En época moderna, el humanismo abrió el campo intelectual a la reflexión de las ciencias políticas, más o menos alejadas del teocentrismo medieval (desde el maquiavelismo hasta el neoescolasticismo de la Escuela de Salamanca). La práctica política de las monarquías autoritarias y los estados modernos fueron experimentando distintas formas de relación con el , desde el regalismo en los países católicos hasta la Reforma protestante. Entre otras experiencias, se cuenta el concepto de "civil government" (no debe confundirse con el uso que se da a "gobierno civil" en castellano) que se atribuye a Roger Williams en 1636. Este clérigo fundó la colonia de Rhode Island and Providence Plantations (Rhode Island), y planteaba la creación de un "muro de separación" entre Iglesia y Estado para prevenir la corrupción de la Iglesia y mantener el orden civil(, 1644).​​ (es)
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  • Autoridad civil o poder civil es una expresión que designa a la parte del aparato del Estado de la que depende el mantenimiento de la ley y el orden (orden público) pero que no corresponde a las fuerzas armadas. También se usa el término para distinguirlo de las o ; aunque es más habitual que, en ese contexto, se hable de poder secular (especialmente en el derecho canónico), o incluso de gobierno humano, en oposición al gobierno de Dios o gobierno divino.​ (es)
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  • Autoridad civil (es)
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